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  • Simplificación de trámites para la importación de autos: quiénes se benefician con el cambio de la Ley de Tránsito

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 19/03/2025 10:34

    El Gobierno simplificó el trámite que permite homologar semiautomáticamente un modelo si proviene de "mercados de alta vigilancia" en materia de seguridad y medioambiente Entre las medidas que tomó el Gobierno en su decreto de reforma de la Ley Nacional de Tránsito de este martes, hay una decisión técnico/administrativa que tiene un efecto inmediato sobre la norma que habilita la importación de autos híbridos y eléctricos de bajo costo sin pagar aranceles extra zona. Se trata del artículo 28, en el que se establece que para poder ser librados al tránsito público, todos los vehículos automotores, acoplados y semiacoplados, de producción seriada y 0 km, tanto de fabricación nacional como importados, deberán contar con la respectiva Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y Licencia de Configuración Ambiental (LCA). La primera garantiza el correcto funcionamiento mecánico relacionado con la seguridad y la segunda, con las emisiones contaminantes. Esta aclaración resulta importante porque, a diferencia de lo que se interpretó informalmente al conocerse la medida, tanto las LCM como las LCA seguirán existiendo como modos de certificar los vehículos que circulan por la vía pública. Esto es así en virtud de que todos los autos, no solo aquellos que se importan sino también los de fabricación nacional, deben tener una homologación de seguridad y emisiones. Para poder importar autos desde otros mercados fuera de la región, las certificaciones industriales internacionales deben cumplir los estándares de Naciones Unidas. REUTERS/Chalinee Thirasupa/ Lo que se modificó con esta resolución del Gobierno es que para el caso de las importaciones de automóviles en serie, se podrán considerar válidas las certificaciones industriales internacionales que los fabricantes hayan obtenido para sus modelos que se comercializan en países considerados como “de alta vigilancia” en materia de seguridad y medio ambiente. Esas normas tienen la nomenclatura técnica TRANS/WP29/343, que representa la certificación emitida por algún Organismo Certificador reconocido por las Naciones Unidas, y lo que se ha decidido es que bastará con acreditar esas certificaciones para obtener una homologación semiautomática de los vehículos para circular por el territorio argentino. El beneficio para el cupo de 50.000 autos sin arancel Esta decisión es el último punto que faltaba resolver para las terminales automotrices e importadores oficiales que están interesados en importar autos híbridos y eléctricos de un precio menor a USD 16.000 FOB, para que puedan ser parte del cupo de 50.000 unidades que no pagarán el arancel del 35% de derechos de importación desde extra zona (se aplica a los modelos que provienen desde Estados Unidos, Europa o Asia). De este modo, con el registro de solicitudes de cupo ya habilitado, se podrán establecer qué modelos podrían quedar habilitados para una homologación semiautomática que permita hacer el embarque para que lleguen a Argentina en los próximos dos meses, tiempo habitual de traslado de los buques que vienen, por ejemplo desde China, Corea del Sur o Japón. El cupo de 50.000 autos que podrán llegar sin pagar arancel de importación tiene la medida que faltaba darse a conocer por parte del gobierno: el tipo de certificación internacional habilitante La homologación de autos nacionales e individuales En el caso de los automóviles de producción nacional, si el modelo que se desea homologar para su uso en la vía pública no tiene certificados internacionales, el fabricante tendrá que hacer el trámite ante el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes para obtener LCM y LCA respectivamente. En el caso de la LCM, el INTI será el encargado de determinar en qué laboratorios se deberán hacer los ensayos requeridos para la obtención de la certificación industrial. Paralelamente, tanto para la importación de automotores como de acoplados, trailers y casas rodantes, se confeccionó otro documento que también es válido para la fabricación nacional de esos mismos vehículos, llamado Certificado de Seguridad Vial (CSV). En el caso de la aplicación para los automóviles, esta certificación se aplicará cuando se importa un vehículo de manera individual, una sola unidad, y por parte de una persona física y no jurídica. El CSV lo emite la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), y según explicaron fuentes del Gobierno, esta herramienta se extiende en virtud de que, al tratarse de importaciones individuales, obtener la documentación de certificaciones internacionales como la que se exige para obtener las LCM y LCA no será algo accesible para personas físicas. Importar un Tesla para uso personal será posible a través de la emisión del Certificado de Seguridad Vial. Si se importa un lote se deben obtener la LCM y LCA nacional automáticas al presentar certificaciones internacionales Sin embargo, para poder obtener ese CSV, el importador individual del vehículo tendrá que presentar la documentación que la ANSV le solicite para poder extender la autorización para circular por la vía pública con ese modelo de automóvil en particular. El ejemplo perfecto para representar esta figura es el de la importación de un automóvil Tesla, pero también es aplicable, por ejemplo, para un Rolls-Royce, es decir, autos que no se comercializan oficialmente en Argentina. En este caso, nuevamente será esencial que el vehículo que se intenta importar individualmente esté fabricado con estándares industriales internacionales, lo que permitirá su rápida homologación.

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