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  • TalCual Chajarí – EDICTO JUDICIAL: solicitud de publicación

    Chajari » Tal Cual Chajari

    Fecha: 19/03/2025 02:02

    El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. VELASCO MARIANO LUIS (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS., en los autos caratulados: «BOGGIA Oscar Ramón S/ SUCESORIO AB INTESTATO», Expte. Nº 6832/24, cita y emplaza por el término de TREINTA DIAS bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por OSCAR RAMON BOGGIA, DNI Nº 8.357.589, fallecido el día 16/11/2020, en Chajari, vecino que fuera de la ciudad de Chajari. La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 30 de diciembre de 2024.-…- Téngase por presentados los Sres. BOGGIA VIVIANA BEATRIZ y HECTOR JACINTO KANEMANN, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado de la Dra. MARIA LILIANA SURT, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar «prima facie» acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO «ab-intestato» del Señor OSCAR RAMON BOGGIA, vecino que fuera de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación (ER).- Publíquense edictos por TRES DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS así lo acrediten. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente. Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal. Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER. Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales (arts. 134, 135 y concs. Ley 6964); facultando a la Dra. MARIA LILIANA SURT y/o a quien ella misma designe para intervenir en su diligenciamiento.-….-FDO.: Dr. VELASCO MARIANO LUIS.- Juez-JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE CHAJARI».- Publíquese por TRES DIAS.- CHAJARI, 25 de febrero de 2025. Dra. VERONICA P. RAMOS Secretaria

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