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Concordia » Despertar Entrerriano
Fecha: 18/03/2025 21:36
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, de esta ciudad de Concordia, a cargo del Dr. ALEJANDRO DANIEL RODRIGUEZ, Secretaría Nº 6, a cargo de la suscripta, en autos “ RIQUELME, MARIO ERNESTO s/ SUCESORIO AB INTESTATO ” (Expte. Nº 11056), cita y emplaza por TREINTA DIAS CORRIDOS, bajo apercibimiento de ley, a los herederos y/o sucesores y todos aquellos que se consideran con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de don MARIO ERNESTO RIQUELME, M.I. Nº 11.255.683, vecino que fuera de ésta ciudad. Fallecido en esta ciudad de Concordia, en 21 de julio de 2024. Para mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena, y que en su parte pertinente dice: “Concordia, 05 de marzo de 2025. VISTO: … RESUELVO: … 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO de Mario Ernesto RIQUELME, DNI Nº 11.255.683, fallecido en Concordia el día 21 de julio de 2024, vecino que fuera de esta ciudad. 3.- MANDAR a publicar Edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten. … Fdo.: ALEJANDRO DANIEL RODRIGUEZ, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Juzgado Nº 6, Concordia, Entre Ríos”. Concordia, 13 de marzo de 2025.
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