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  • Carlos Torres sobre cambios en la Ley de Tránsito: "No estamos de acuerdo con la renovación de la licencia con un certificado médico"

    » AgenciaFe

    Fecha: 18/03/2025 17:24

    A través de un trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Gobierno modernizó una normativa con casi 30 años de antigüedad. Las medidas se oficializaron hoy a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial. Licencia nacional de conducir Una de las mejoras de la normativa es que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años. Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico. A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia. Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos. Conductores profesionales de cargas generales y transporte de pasajeros Se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Cambios en la VTV Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual. Esta mañana en diálogo con Mañana OH!, que conduce Marcelo Garrido y equipo, el titular de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, Carlos Torres, fue consultado acerca de su opinión con repecto a los cambios que porpone el gobierno nacional. El funcionario aseguró que en algunos aspectos están de acuerdo pero que en otros puntos no y mencionó que ahora la provincia tiene un plazo perentorio para adherir a estas modificaciones que pretende el gobierno nacional.

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