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» Comercio y Justicia
Fecha: 18/03/2025 11:47
El Juzgado Civil de Bariloche condenó a un cirujano y a una prepaga a indemnizar a una paciente que sufrió secuelas irreversibles debido a la falta de cuidados posteriores a una cirugía de reducción mamaria. Según el expediente, la paciente se sometió a una intervención quirúrgica indicada por otro profesional. Sin embargo, el cirujano encargado de la operación no tuvo en cuenta su enfermedad preexistente, un trastorno de la coagulación conocido como Von Willebrand, lo que derivó en complicaciones como sangrados intraoperatorios, formación de hematomas y granulomas. El juez Cristian Tau Anzoátegui señaló graves omisiones en la actuación del médico, destacando la “falta de un consentimiento informado adecuado”, dado que la paciente firmó el documento el mismo día de la intervención. “Esto le impidió contar con el tiempo suficiente para tomar una decisión consciente, evaluada y pensada, con pleno conocimiento de los riesgos y posibles consecuencias del acto médico”, detalló el magistrado. Además, no se acreditó que la paciente hubiera sido informada específicamente sobre los riesgos derivados de su condición preexistente. Tras la operación, la mujer presentó una asimetría evidente en sus mamas, infecciones severas en las areolas y endurecimientos dolorosos en el tejido mamario. A pesar de las consultas reiteradas, el cirujano minimizó los síntomas, no indicó estudios complementarios y no prescribió un tratamiento adecuado. Como consecuencia, la paciente debió someterse a una segunda cirugía para extirpar parte de los granulomas y corregir las cicatrices. Sin embargo, la intervención no logró reparar completamente el daño, dejando secuelas médicas y estéticas irreversibles. El fallo también destacó “deficiencias en la historia clínica”, según el peritaje realizado, dado que no se registraron aspectos clave como la enfermedad preexistente, la evolución de los estudios prequirúrgicos, ni detalles del seguimiento postoperatorio. “Ante lo incompleto de la historia clínica y la omisión del profesional y del establecimiento de salud de aportar los datos faltantes, se crea una presunción en su contra”, afirmó el juez. Por todo lo expuesto, se ordenó el pago de $19.133.120 en concepto de daño patrimonial, psicológico y moral, más intereses moratorios desde la fecha del hecho hasta su cancelación efectiva.
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