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  • Habrá tres feriados en menos de un mes, pero uno no será fin de semana largo

    Parana » El Once Digital

    Fecha: 18/03/2025 09:30

    Dentro del calendario de feriados 2025 que dispuso el Gobierno Nacional, 12 de los mismos son inamovibles y cuatro trasladables, al tiempo que hay previstos tres días no laborables con fines turísticos. Es por ello, que dentro de los próximos habrá uno que no será fin de semana largo: se trata del 2 de abril que cae miércoles y no se traslada. Los próximos feriados Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible) Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) Viernes 18 de abril: (Viernes Santo). Feriado por el Día de la Memoria: fin de semana largo El otro feriado inamovible que resta en marzo es el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, que se celebra el 24 de marzo. Como cae un lunes, se generará otro fin de semana largo en el mes. Este día conmemora a las víctimas de la última dictadura militar en Argentina, que comenzó el 24 de marzo de 1976 con el golpe de Estado y finalizó el 10 de diciembre de 1983, con el regreso a la democracia. La fecha fue establecida en 2002 por la Ley N° 25.633. Calendario de feriados. Archivo Feriados inamovibles que quedan en 2025 Marzo: 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia). Abril: 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 18 de abril (Viernes Santo). Feriados trasladables Junio: 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), trasladado del 17 de junio. Agosto: 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín). Octubre: 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural). Noviembre: 24 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), trasladado del 20 de noviembre. Días no laborables con fines turísticos Mayo: 2 de mayo. Agosto: 15 de agosto. Noviembre: 21 de noviembre. Es importante destacar que la decisión de otorgar o no los días no laborables queda a discreción de cada empleador. En caso de trabajar durante estas jornadas, no se abona un pago adicional como en los feriados nacionales.

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