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  • Los expresidentes del Córdoba CF Carlos González y Jesús León, condenados a cuatro años de prisión por el caso del chalet

    » Diario Cordoba

    Fecha: 17/03/2025 16:51

    La sección tercera de la Audiencia provincial de Córdoba ha condenado a los expresidentes y exmáximos accionistas del Córdoba CF Carlos González y Jesús León a cuatro años de prisión a cada uno de ellos y a indemnizar al club con 1,2 millones de euros tras ser juzgados durante la primera semana de marzo en la Ciudad de la Justicia por los delitos de administración leal y societario a causa de la reforma de la vivienda del primero, realizada con fondos de la entidad blanquiverde por la empresa del segundo (Grucal). Francisco de Paula Sánchez Zamorano, presidente de la sección tercera de la Audiencia provincial de Córdoba, ha emitido una sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, en la que condena a los que fueron máximos accionistas y presidentes del Córdoba CF por administración desleal por la utilización de fondos del Córdoba CF para la reconstrucción de la casa de Carlos González en Madrid. Una imagen del juicio celebrado contra Jesús León y Carlos González en la Audiencia provincial. / MANUEL MURILLO Fallo de la Audiencia La Audiencia afirma en el fallo que "procede condenar a los acusados Carlos González González y Jesús León López a que indemnicen conjunta y solidariamente al Córdoba CF en la cantidad de un millón doscientos veinticuatro doscientos noventa y ocho euros con seis céntimos (1.224.298,6 €), la cual devengará los intereses previstos en el artículo 571 de la Ley de Enjuiciamiento Civil". Para el tribunal, "no deja de sorprender que no se haya podido obtener ejemplar del contrato de construcción de la tan repetida Ciudad Deportiva en los archivos del Córdoba Club de Fútbol SAD. Asimismo, es sumamente significativa que a la fecha de suscripción del contrato no se habían confeccionado aún ni las mediciones ni el presupuesto de las obras, pues tal presupuesto, sin desglose alguno, aparece en el anteproyecto efectuado por el estudio" de arquitectos al que se encargó, "de fecha 4 de noviembre de 2014, posterior a la fecha de la firma del contrato de construcción de la Ciudad Deportiva, sin que conste igualmente en él la elaboración de las mediciones de las obras a ejecutar, habida cuenta de que nunca se llegó a realizar el correspondiente proyecto técnico de ejecución de obra. Tanto más resulta todo tan llamativo cuando el acuerdo se formaliza sin tener el Córdoba la cesión de los terrenos que decía detentar para aquella construcción, cosa que no sucede hasta seis meses después". La sentencia explica que la indemnización "conjunta y solidaria" que deben abonar León y González es de 1.224.298 euros Maniobras de González y León Asimismo, la sentencia deja claro que "todo el conjunto de la documental, ciertos testimonios, entre ellos los de la administración concursal del Córdoba Club de Fútbol SAD, y las periciales de la Guardia Civil ponen de manifiesto el destino del dinero que el acusado Carlos González, con la colaboración imprescindible del también acusado Jesús León, extrajo de las arcas de la sociedad para sufragar con dicho metálico la reforma de un chalet que el primero poseía en la Moraleja (Madrid). Ahí rezan las facturas y certificaciones de obra del chalet a los folios 514 a 600 de las actuaciones, donde aparecen, como promotor de la obra Carlos González González; como constructor Grupo Constructor Grucal Andalucía, SA y como director de la obra el arquitecto don Francisco José Povo Maeso, quien reconoció su ejecución por más que divagara acerca de si toda ella se pagó aludiendo a discrepancias finales". Más adelante, la sentencia especifica que "en línea con la documental se encuentra la que figura las que se consignan 8 facturas de Grucal correspondientes a anticipos a cuenta del contrato de adjudicación de la Ciudad Deportiva del Córdoba Club de Fútbol SAD, de fecha 10 de febrero de 2015 por importe de 1.224.294,06 euros, que dieron lugar a los ocho ingresos, uno en la Caixa y siete en el BBVA, facturas que no tenían otra finalidad que la de dar cobertura a los pagos que realmente se habían efectuado a Grucal por la construcción de la vivienda, disimulando así el destino final de las cantidades satisfechas por el Córdoba Club de Fútbol SAD". En el relato de los hechos, el tribunal insiste en que «no deja de sorprender que no se haya podido obtener ejemplar del contrato de construcción de la tan repetida Ciudad Deportiva en los archivos del Córdoba Club de Fútbol SAD. Y por ello, entiende que "con el propósito de generar una falsa justificación a la salida de capital del Córdoba CF SAD, los acusados Carlos González González y Jesús León López idearon un contrato privado de fecha 1 de diciembre de 2015 entre el Club y la Fundación del Córdoba CF (FCCF)". En este contrato, el Córdoba CF SAD "se obligaba a incurrir en todos aquellos gastos necesarios para la construcción de la Ciudad Deportiva del CCF, recibiendo en contraprestación el derecho de uso de las instalaciones deportivas durante un plazo de 40 años, sin que se hiciese mención en el mismo ni a la empresa constructora, ni al proyecto técnico, ni al abono de las facturas que a dicha fecha supuestamente se habían abonado ya por el Córdoba CF por importe de 989.813,27 euros (IVA no incluido)". Además, la Audiencia remarca que "con el mismo propósito encubridor o de disimulo, y ante el hecho de que el 25 de febrero de 2016 se había dictado Acuerdo por el Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo en virtud del cual se procedió a anular y dejar sin efecto el decreto de concesión de uso privado de la parcela" para la Ciudad Deportiva en favor de la Fundación del Córdoba CF, ésta "interpuso reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Gerencia Municipal de Urbanismo por importe de 1.889.426,57 euros, que dio lugar al expediente nº 1.4.1. 001/2.017, presentando la Fundación (FCCF) nuevo escrito el 27 de marzo de 2017, por el cual renunciaba en dicha reclamación a la cantidad de 876.009,37 euros correspondiente a la partida “pagos anticipados realizados a la constructora". Para la Audiencia, este movimiento "no suponía otra cosa poner de manifiesto que la Fundación del Córdoba Fútbol Club (FCCF) no tuvo relación contractual alguna con dicho Grupo Constructor Grucal Andalucía S.A.U. (empresa constructora), sino con el Córdoba CF". "Finalmente, y con el propósito de completar esa ocultación", señala el tribunal, "con fecha 1 de febrero de 2018 se suscribió un contrato entre el Córdoba CF SAD, representado por el ya nuevo presidente del mismo, el acusado Jesús León López, y la Fundación del Córdoba Club de Fútbol (FCCF), representada por la acusada Isabel Madueño Pérez, la cual lo hacía a instancia de su esposo y en la confianza que le infundía, en virtud del cual la Fundación se compromete a devolver al Club la suma de 745.547,72 euros, que supuestamente recibió del Córdoba CF SAD en el ejercicio 2015 para la ejecución de las obras de la Ciudad Deportiva, a razón de 119.655,15 euros anuales, contrato que fue novado el 15 de abril de 2018, pasando a ser la cantidad a devolver a 905.547,73 euros, a razón de 116.303,00 euros anuales". Respaldo al argumento de la Fiscalía La Fiscalía atribuía a Carlos González un delito de administración desleal, por el que solicitaba que se le impusieran cuatro años de prisión a cada uno de los expresidentes, y otro societario, por el que pedía dos años de privación de libertad, así como una multa de 8.100 euros. A Jesús León también se le atribuía un delito de administración desleal por el que se le reclamaban cuatro años de cárcel, y dos delitos societarios por los que pedía un total de tres años y ocho meses de prisión, además de una multa de 12.150 euros. Por último, a la esposa de León también se le atribuía un presunto delito societario, por el que se le reclamaba un año y ocho meses de prisión y una multa de 4.050 euros. Los tres abogados de Carlos González, Jesús León y la esposa de este insistieron durante el juicio en la prescripción de los delitos por los que eran acusados, así como en una presunta vulneración de derechos fundamentales. La prescripción se alegó en base a que las primeras facturas y documentación del caso databa de mediados del 2014 y la demanda se interpuso en la primavera del 2020, habiendo pasado, por tanto, más de cinco años, límite marcado por la ley que actuaba en aquellos tiempos. El magistrado-presidente del tribunal, tras escuchar esas alegaciones ya en las cuestiones previas planteadas por las partes, advirtió entonces que el juicio debía continuar porque -sin ulterior decisión de declarar nulas las pruebas o la prescripción delitos como planteaban las defensas- no contaba con suficientes elementos fácticos para resolver esas cuestiones, y que todo ello quedaría resuelto en la sentencia. Estepa: "Se pagó por una ciudad deportiva que no se había construido" "Mi conclusión fue que se había pagado una ciudad deportiva que no se había construido y no se había pagado una casa que sí se había construido", afirmó en su declaración en la Audiencia el que fuera administrador judicial y concursal del Córdoba CF, Francisco Estepa. Otro de los testimonios fue el de los de los agentes de la Guardia Civil. Uno de los momentos destacados se vivió con la declaración de los dos agentes de la Benemérita, que remarcaron que no se pudo acreditar factura alguna que se acompasara con las certificaciones de obra de la casa particular de Carlos González, salvo la primera, que sí fue abonada por el que era entonces presidente y máximo accionista del Córdoba CF. El argumento de la Guardia Civil y de la Fiscalía durante el juicio fue que la operación de la Ciudad Deportiva del Parque del Canal "era ficticia" y que sirvió para encubrir el pago de la reconstrucción del chalet de Carlos González. Por su parte, las defensas se encargaron de intentar desmontar, sin éxito, esa teoría, para lo cual llamaron al arquitecto de la misma, que recordó que estuvo en la presentación del proyecto que se realizó en El Arcángel. El propio Carlos González indicó en su comparecencia que esa Ciudad Deportiva «era un proyecto de ciudad y a esa presentación con maqueta acudieron el alcalde, José Antonio Nieto, todo el gobierno municipal, concejales de la oposición, los directores de medios de comunicación, periodistas, etcétera». El propio arquitecto, Francisco José Povo Maeso, explicó que «se pidieron permisos al Ayuntamiento, a la Confederación Hidrográfica, a las suministradoras de agua, etcétera, un total de 10 u 11 autorizaciones» para presentar la petición de permiso de obras al propio Ayuntamiento para la realización de la Ciudad Deportiva del Parque del Canal, que se abortó posteriormente al entrar en el Gobierno local el PSOE e IU, que desmantelaron la operación. El pasado cinco de marzo, Francisco de Paula Sánchez Zamorano, presidente de la sección tercera y de la Audiencia provincial de Córdoba, proclamó el «visto para sentencia», que ahora señala que Carlos González y Jesús León, expresidentes del Córdoba CF, son responsables de un delito de administración desleal por el que son condenados a cuatro años de prisión y a indemnizar al club con 1,2 millones de euros. En la sentencia, la Audiencia provincial asevera que "debemos absolver como absolvemos a los acusados Carlos González González, Jesús León López e Isabel María Madueño de los delitos societarios que se les imputaba, con declaración de oficio de las costas procesales correspondientes". Además, indica que "debemos condenar como condenamos a Carlos González González y Jesús León López como autores criminalmente responsables del delito de administración desleal ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas para cada uno de cuatro años de prisión, con la inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la multa de doce meses con una cuota diaria de 15 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas insatisfechas".

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