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  • Basural de San José: aceptan parcialmente recurso de amparo y ordenan medidas para el predio

    Colon » El Entre Rios

    Fecha: 17/03/2025 10:30

    A partir de un amparo ambiental presentado el pasado 18 de enero, la Asociación Civil Arroyo Perucho Salvaje consiguió que la Justicia ordene a la Municipalidad de San José que arbitre los medios necesarios para que cesen los incendios en el basural. En la presentación judicial los ambientalistas contaron que “hace décadas se depositan y acopian residuos de manera desordenada, sin control ni medidas preventivas, y que actualmente el vertedero está en estado crítico”. A su vez, alertaron que hay vecinos que viven a escasos metros del lugar y que se ve afectada la salud y el medio ambiente. Dijeron que la exploración y tratamiento de los residuos está a cargo de la Cooperativa de Trabajo Cielo Limitada y que el municipio se “desentiende del control”. Agregaron que no se cumplen con las ordenanzas, realizando tratamiento “insuficiente, parcial, sin personal ni profesionalismo, extrayendo los elementos o recursos más valiosos, con un marcado lucro económico, desechando y acumulando indiscriminadamente lo demás en el predio, sin medidas que puedan prevenir mayores daños, evitar incendios y contaminación ambiental del suelo y las aguas. Que no se cuenta con membrana de impermeabilización por lo que los líquidos lixiviados podrían llegar a las napas de aguas y al arroyo Perucho, ubicado a escasos metros del lugar. Que existe una falta de tratamiento adecuado de los residuos urbanos, forestales y de otro tipo, que generan daño ambiental. Que esto afecta la salud de los vecinos de la Colonia y de la población en general, comenzando por los barrios más próximos al basurero, al Este, como son los barrios Perucho Verne y San Miguel de nuestra ciudad”. El 20 de enero, dos días después de la presentación, el juzgado de feria la dio por realizada y declaró la admisibilidad del amparo. Se ordenó en el momento a Bomberos Voluntarios que lleve a cabo un control permanente del lugar. La municipalidad se opuso al amparo diciendo que era “inadmisible”. En la acción también se presentó la Fiscalía de Estado sostuvo que no tiene responsabilidad en la situación y pidió que se rechace el amparo por inadmisible. El 28 de enero, los bomberos voluntarios contestaron el oficio y manifestaron que “estando en plena temporada de incendios con emergencia forestal y escaso personal, que se encuentran abocados a las emergencias diarias, que no cuentan con la capacidad humana ni con los recursos económicos, operativos y de logística para llevar adelante un monitoreo constante del lugar siniestrado. Que el siniestro de la Planta Recicladora se pudo controlar dada la colaboración de cuarteles vecinos”. El 29 de enero se abrió la causa a prueba por el término de diez días. Bomberos Voluntarios, la Secretaría de Ambiente de la provincia y el Juzgado de Faltas de San José aportaron informes en su poder. Se hizo una audiencia con el responsable de la cooperativa de trabajo, Ariel Fabricio Pauletti, quien manifestó los modos de trabajo. Además se hicieron pruebas periciales. En el legajo intervino, asimismo, el Ministerio Público de la Defensa. Advirtió sobre el riesgo en el bienestar, la salud y la vida en sociedad. El 15 de marzo, el juez de Paz Facundo Manuel Ramat aceptó parcialmente el amparo en cuanto a que cuando se presentó, pedía que se apague el incendio que en ese momento estaba transcurriendo. El magistrado ordenó disponer “las medidas que se estimen necesarias para la prevención del fuego y de la disposición de residuos peligrosos en el predio de disposición final. A tal fin deberá evitar el ingreso de personas ajenas al trabajo en el predio, mediante el establecimiento de una guardia permanente y el cercado del predio. No corresponde especificar todas las medidas pertinentes, por lo que deberá realizar todas las necesarias y económicamente viables de acuerdo al asesoramiento técnico que disponga para lograr el objetivo y especialmente las medidas que la perito ingeniera enumerara en la pericia en el punto Medidas a mediano plazo para evitar controlar y apagar posibles focos ígneos. Si bien esta condena es de cumplimiento inmediato, por existir medidas que por su naturaleza eso sea imposible, se establece un término máximo de 6 meses”. También mandó a “realizar una evaluación del daño ambiental provocado por el incendio y en base al mismo implementar un plan de recuperación del ecosistema afectado, para el caso en que aun así lo estuviera”; y que se tramite “la habilitación del Predio de Disposición Final de Residuos, mediante la presentación de un Estudio de impacto ambiental, en coordinación con la Secretaría de Ambiente de la Provincia, de acuerdo con la normativa provincial aplicable, la Ley Nacional 25.675 general de ambiente y la Ley Nacional 25.916 de Residuos Sólidos Urbanos”. Fuente: Análisis

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