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  • Se reglamentó la actividad de las billeteras virtuales

    Parana » Valor Local

    Fecha: 14/03/2025 16:43

    La CNV aprobó la normativa para regular a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs), con requisitos de seguridad, custodia de activos y prevención de lavado. Las plataformas que no cumplan podrán ser bloqueadas en la Argentina. Publicidad El Gobierno avanzó en la regulación del ecosistema cripto con la aprobación de la Resolución General 1058/2025 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que establece el marco normativo para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs). La medida impone la obligatoriedad de inscripción en un registro oficial y fija requisitos en materia de ciberseguridad, prevención de lavado de dinero y custodia de activos virtuales. La regulación surge en cumplimiento de la Ley Nº 27.739, que designa a la CNV como el organismo encargado de supervisar a los PSAVs. Tras un proceso de consulta pública, la normativa fue ajustada con aportes del sector. Según el presidente de la CNV, Roberto Silva, “hemos trabajado mucho en esta norma con el objetivo de que sea eficaz y cumpla con la Ley, manteniendo un equilibrio para no sobrerregular ni imponer costos innecesarios a la industria, impulsando la innovación”. La resolución establece los principios y condiciones que regirán a las plataformas que operan con activos virtuales, y define reglas de actuación, normas de transparencia y requisitos prudenciales. Entre los aspectos centrales, la normativa contempla la segregación de cuentas, auditorías anuales y la obligación de informar sobre convenios celebrados con terceros. Asimismo, los PSAVs registrados podrán delegar ciertas funciones en filiales extranjeras o terceros locales, aunque mantendrán la responsabilidad plena sobre sus operaciones. La CNV tendrá facultades para suspender o revocar inscripciones en caso de incumplimiento. Además, las plataformas que operen sin registro podrán ser bloqueadas en Argentina mediante orden judicial. La normativa también establece un cronograma de adecuación. Los PSAVs deberán registrarse antes de las siguientes fechas según su condición legal: personas humanas, hasta el 1º de julio de 2025; personas jurídicas constituidas en Argentina, hasta el 1º de agosto de 2025; personas jurídicas extranjeras, hasta el 1º de septiembre de 2025. La totalidad de la norma entrará en vigencia el 31 de diciembre de 2025. Este nuevo marco regulatorio se enmarca en un contexto de creciente supervisión estatal sobre el ecosistema cripto. En los últimos meses, el Gobierno avanzó en diversas iniciativas para regular las operaciones con activos digitales. En febrero, se publicó una resolución que establecía el marco preliminar para la regulación de las billeteras virtuales, que incluye la necesidad de mayor transparencia en su operación y un esquema más estricto de control sobre los fondos de los usuarios. La CNV también señaló la importancia de alinear estas regulaciones con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que supervisa el cumplimiento de normas contra el lavado de dinero a nivel global. Por otra parte, la CNV aclaró que su rol regulador se limita a los PSAVs y no a los activos virtuales en sí. No obstante, en los casos en que los activos sean considerados valores negociables y sean ofrecidos públicamente, quedarán sujetos a la Ley Nº 26.831 del mercado de capitales. La iniciativa busca dotar de mayor seguridad y transparencia al ecosistema cripto en Argentina, en un contexto donde crece la adopción de monedas digitales y billeteras virtuales. La regulación también apunta a cumplir con estándares internacionales en materia de supervisión financiera y prevención de delitos económicos. La CNV destacó que la reglamentación fue elaborada en base a un proceso de consultas con las principales operadoras de criptoactivo del país. Desde el sector privado, si bien se elogió esa actitud por parte del regulador y hubo una reacción positiva hacia la reglamentación, se destacó un punto pendiente que puede ser vital para la actividad: la carga impositiva del sector. La Cámara Argentina Fintech presentó una propuesta de reforma tributaria para la actividad hace más de un año. (Fuente: Infobae)

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