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» La Capital
Fecha: 12/03/2025 13:51
A partir del articulo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo, las empleadas domésticas que cumplan con ciertos requisitos cobrarán plus en abril En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical para las empleadas domésticas En el cuarto mes del año, un grupo de empleadas domésticas podrá percibir un aumento en sus remuneraciones. Mientras esperan un aumento en sus salarios, las trabajadoras que cumplan con ciertos requisitos cobrarán sumas extras en abril. Teniendo en cuenta el artículo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), las empleadas domésticas que hayan trabajado en uno de los tres feriados de marzo podrán cobrar hasta tres montos dobles del ordinario en abril. Es decir que las trabajadoras que el lunes 3 de marzo, el martes 4 de marzo (feriado por carnaval) o el próximo lunes 24 de marzo (feriado por Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), trabajen o hayan trabajado, verán aumentos en sus salarios según las horas extras Cabe aclarar que no es lo mismo un día no laborable que un feriado nacional. Si se trata de un día no laborable, queda en manos del empleador decidir si se da o no el asueto. En caso de convocar a la empleada, estas percibirán el salario simple . Pero en el caso de que el empleado sea obligado a trabajar en un feriado nacional el empleador deberá pagar el doble por esa jornada. Es decir que en los días feriados nacionales las empleadas domésticas percibirán el salario normalmente sin ir a trabajar. Ahora bien, en caso de que alguno de los tres feriados de marzo la empleada haya trabajado, el empleador le debe recompensar con un 100 % más de la remuneración habitual. Para los empleadas domésticas que cobran por hora rige la misma ley. ¿Cuánto cobran las empleadas domésticas por horas extra trabajadas? Los sueldos de las empleadas domésticas bajo relación de dependencia de carácter mensual que hayan trabajado en alguno de los feriados de marzo, estará definido por el valor de las horas, actualizadas en marzo de 2025. Supervisora: Valor de la hora extra a 100% con retiro: $ 3454 Valor de la hora extra a 100% sin retiro: $ 3783 Personal para tareas específicas Valor de la hora extra a 100% con retiro: $ 3270 Valor de la hora extra a 100% sin retiro: $ 3585 Caseros: Valor de la hora extra a 100% con/sin retiro: $ 3089 Asistencia y cuidado de personas: Valor de la hora extra a 100% con retiro: $ 3089 Valor de la hora extra a 100% sin retiro: $ 3454 Personal para tareas generales: Valor de la hora extra a 100% con retiro: $ 2863 Valor de la hora extra a 100% sin retiro: $ 3089 Próximos feriados inamovibles - Abril: 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 18 de abril (Viernes Santo). - SI bien no es un feriado, el 3 de abril se celebra en Argentina el "Día del Personal de Casas Particulares" (empleadas domésticas) que un día no laborable sin pérdida de remuneración, y si se trabaja se debe pagar el doble. - Mayo: 1 de mayo (Día del Trabajador), 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo). - Junio: 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano). - Julio: 9 de julio (Día de la Independencia). - Diciembre: 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María), 25 de diciembre (Navidad). Próximos feriados trasladables - Junio: 16 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), trasladado del 17 de junio. - Agosto: 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín). - Octubre: 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural). - Noviembre: 24 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), trasladado del 20 de noviembre.
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