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» Data Chaco
Fecha: 11/03/2025 14:52
Los chaqueños tendrán que volver a las urnas este 11 de mayo de 2025, cuando se llevarán a cabo las elecciones legislativas, donde se renovarán 16 de las 32 bancas de la Cámara de Diputados de la provincia. La particularidad de estos comicios es que no habrá Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO). Cabe mencionar que en diciembre del 2024, el gobernador Leandro Zdero firmó el decreto 2527/24, el cual convoca al electorado para el 11 de mayo a elegir 16 diputados provinciales y sus respectivos suplentes. El decreto rubricado por el gobernador se remarca que, como lo dicta la Constitución Provincial en el Artículo 97, los diputados durarán cuatro años en sus cargos y la Cámara se renovará por mitades cada dos años. Por lo que estos legisladores asumirán el 10 de diciembre de 2025. LAS BANCAS QUE SE RENUEVAN Los legisladores que su mandato finaliza el 9 de diciembre de este año, por lo tanto sus bancas deberán ser renovadas son: Dorys Lilián Arkwrigth (UCR) Juan Carlos Ayala (PJ) Dario Bacileff Ivanoff (Frente Integrador) Paola Benítez (PJ) Juan José Bergia (Partido Unipersonal) Andrea Canteros Reiser (UCR) Andrea Charole (PJ) Zulma Galeno (UCR) Atlanto Honcheruk (PJ) Sebastián Lazzarini (UCR) Rodrigo Ocampo (PJ) Gricelda Ojeda (PJ) Rodrigo Pavón (JxC) Carim Peche (UCR) Mariela Quirós (PJ) Francisco Romero Castelán (JxC) EL CRONOGRAMA ELECTORAL El cierre de novedades electorales nacionales fue el 12 de noviembre del 2024 (Artículo 25 Ley 834Q, Artículo 163 Ley 834Q). La convocatoria a elecciones se concretó el 18 de diciembre del 2024 (Artículo 48, 49, 144 y 158/160 Ley 834Q, Artículo 141 inc.6, 133 y 206 inciso I de Constitución Provincial). La exhibición y publicación de listas provisionales de electores nacionales será el 11 de febrero del 2025 (Artículo 22 Ley 834Q). El fin del plazo por reclamo de electores e impugnaciones será el 3 de marzo del 2025 (Artículo 23 Ley 834Q, Artículo 24 Ley 834Q). La apertura de registros voluntarios para autoridades de mesa se concretará el 11 de marzo del 2025 (Artículo 2 Ley 1717Q). La presentación de alianzas será el 11 de marzo del 2025 (Artículo 12 Ley 599Q). El fin del plazo para el registro de candidatos y oficialización de listas se realizará el 22 de marzo del 2025 (Artículo 55 Ley 834Q). La ubicación de las mesas se oficializará el 11 de abril del 2025 (Artículo 76 Ley 834Q). La impresión del padrón definitivo de electores nacionales saldrá el 11 de abril del 2025 (Artículo 25 Ley 834Q). El cierre del registro de voluntarios para autoridades de mesa se hará el 11 de abril del 2025, (Artículo 3 Ley 1717Q). La presentación de boletas se hará el 11 de abril del 2025 (Artículo 58 Ley 834Q). El último plazo para subsanar errores y omisiones del padrón definitivo será el 21 de abril del 2025 (Artículo 29 Ley 834Q). La designación de autoridades de mesa será el 21 de abril del 2025 (Artículo 74 Ley 834Q). El primer debate electoral se concretará el 23 de abril del 2025 (Artículo 5 Ley 2113Q). La publicidad de ubicación de mesas y sus autoridades se concretará el 26 de abril del 2025, (Artículo 79 Ley 834Q). El segundo debate electoral se hará efectivo el 30 de abril del 2025 (Artículo 5 Ley 2113Q). La prohibición de publicidad de los actos de gobierno comenzará el 4 de mayo del 2025, (Artículo 64 Ley 834Q). La prohibición de los actos públicos de proselitismo será el 9 de mayo del 2025 (Artículo 71 Ley 834Q). La prohibición de publicación o difusión de encuestas será a partir del 9 de mayo del 2025, (Artículo 71 inciso H Ley 834Q). La celebración de los comicios será el 11 de mayo del 2025 (Artículo 110 Ley 834Q). El inicio del escrutinio definitivo será el 13 de mayo del 2025 (Artículo 110 Ley 834Q). Notas Relacionadas
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