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  • IPP contra dos funcionarios de la administración provincial

    Parana » InfoParana

    Fecha: 10/03/2025 17:38

    El fiscal de Paraná, Gonzalo Badano, dispuso el 18 de febrero la apertura de la causa que comenzó a sustanciarse bajo la carátula “NN s/ tipo procedimiento no definido” a partir de la denuncia que formuló el abogado paranaense, Emmanuel Berta Schroder, el 13 de febrero. A los días citó a prestar declaración indagatoria a los dos sospechosos. Se trata de los contadores Jesús Rafael Korell y Rafael Cardoso, director ejecutivo y adjunto, respectivamente de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). Fiscalía investigará si Korell y Cardoso “durante el período comprendido entre 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) habría recaudado, sin tener previsión normativa que lo sustente, un adicional de entre un 20% a un 30% sobre el impuesto inmobiliario urbano, subrural y rural, y el impuesto automotor, conforme las disposiciones que fueran de carácter transitorio en oportunidad de sancionarse la Ley 10.270 modificatoria del Código Fiscal de la Provincia de Entre Ríos; posteriormente prorrogada sistemáticamente hasta el año 2023”. Badano dispuso “promover la presente Investigación Penal Preparatoria -articulo 212 ley 9754, modificatorias Ley 10.317; solicitar a la ATER que informe si se liquidó y cobró durante el periodo fiscal 2024 los adicionales dispuestos por los Artículos 139, 140 y 269 del Código Fiscal de Entre Ríos; en su caso, haga saber los montos y si los adicionales se encontraban vigentes. Asimismo se interesa que informe y remita en caso de existir, expedientes o constancias mediante los cuales se dispuso el cobro de los adicionales en 2024, y si se gestionó algún tipo de prórroga”. También dispuso “citar esta Unidad Fiscal de Investigación y Litigación para el día 20 de febrero (sic) de 2025 a las 12:30 horas a Rafael Orlando Cardoso y a Jesus Rafael Korell para designar abogado defensor”. Berta Schroder sostuvo en su denuncia que “la ley 10.270 de diciembre de 2013 modificó el Código Fiscal de la Provincia de Entre Ríos estableciendo un adicional de un 20% a un 30% sobre el impuesto inmobiliario o automotor. En las boletas del impuesto esto se identifica en un ítem como ‘Fondo de Seguridad Social Ley 10.270/Ley 10.403’”. Añadió que “el artículo 24 de dicha ley (10.270) le dio vigencia a este adicional hasta el 31 de diciembre de 2015, la cual se fue prorrogando año a año en cada ley de presupuesto. Posteriormente, el artículo 26 de la ley 10.754, incluido en el Presupuesto 2020 del 27 de noviembre de 2019, se prorrogó el adicional hasta el 31 de diciembre de 2023, mediante la ampliación de la vigencia de los Artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 8° y 9° de la Ley N° 10.270”. Así, entendió que “por ende, a partir del 1 de enero del 2024, la provincia de Entre Ríos a través de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) siguió recaudando sin la autorización legal”.

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