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  • La Constitución, el gobierno de Milei y "la política de los atajos"

    » Radio Sudamericana

    Fecha: 09/03/2025 14:40

    Domingo 09 de Marzo de 2025 - Actualizada a las: 14:07hs. del 09-03-2025 GOBERNAR POR DECRETO La Dra. Lorena González Tocci explicó en Radio Sudamericana que el problema se encuentra no en el uso de los decretos de necesidad y urgencia, sino en la falta de operatividad de una ley de control que implica una comisión bicameral permanente y la falta de decisiones de las cámaras. La abogada constitucionalista y profesora de Derecho en la UBA y la Universidad de San Andrés relató que “el problema es nítido”. La especialista expuso que “en los últimos años se desarrolló un método de buscar atajos, más allá de que la Constitución establece los límites y procedimientos”. Aludió a “intentos de derecho creativo para circunvalar los límites constitucionales” y que “los requisitos para dictar un decreto de necesidad y urgencia no son opcionales”. Manifestó que “no hay una opción para el Poder Ejecutivo entre establecer un DNU y enviar una ley al Congreso, el primero es excepcional y cuando no funcione el Congreso”. Afirmó que lo que falta es el control de la Comisión Bicameral Permanente, que no se está aplicando por la falta de dictado de una ley que lo establezca. Asimismo, afirmó que “mientras no opera el control, el DNU entra en vigencia y produce efectos, mientras que la ley mala que tenemos actualmente, dicta que si una de las Cámaras establece que no tiene validez, la otra también debe expedirse y debería suceder que cuando una Cámara lo rechace, debe tener vigencia”. Recordó que en 2024 se propuso una modificación, que los propios legisladores dijeron que “no era conveniente y que había que esperar a 2027”. González Tocci relató que “hoy el Congreso está totalmente atomizado, pero si el oficialismo tiene números bajos, se podría pensar que los controles serán más fáciles, pero es muy sencillo cambiar este defecto de inhibir el control y salieron a decir que no es el momento”. Puso como referencia al DNU del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, explicando que “cualquier organismo internacional, primero analiza el derecho interno para que el acuerdo tenga validez”, pero “en Argentina se dicta un DNU y mientras se activa el mecanismo de control que es deficitario, entra en vigencia, aunque el FMI sabe que hay una debilidad”. En esto, dijo que “el DNU no tiene la misma seguridad jurídica que una ley enviada al Congreso”, agregando que “esto puede ser judicializado”, pese a que “hay un tema de legitimación sobre quién puede presentarse” en la justicia. Por ello, adelantó que el FMI “necesita que esté cumplido el derecho interno para que no tenga fisuras”.

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