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Parana » APF
Fecha: 08/03/2025 15:30
El martes 11 a las 10, en el Salón de los Pasos Perdidos de la Cámara de Diputados, se volverá a abordar el proyecto que presentó el Poder Ejecutivo para reformar la Ley del Consejo de la Magistratura. El proyecto oficial recibió severas observaciones por parte de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial, por la eliminación de la paridad de género, la conformación de un órgano asesor, que se superpondría con la tarea de los consejeros, y los concursos para cubrir vacantes. sábado 08 de marzo de 2025 | 15:14hs. El martes 11 a las 10 la Cámara de Diputados volverá a abordar el proyecto que presentó el Poder Ejecutivo el 6 de diciembre de 2024, para reformar del Consejo de la Magistratura (CM). Será en el Salón de los Pasos Perdidos de la Cámara Baja. El martes Diputados continuará analizando el proyecto que reforma el Consejo de la Magistratura El proyecto del Poder Ejecutivo propone la reforma de la Ley Nº 11.003 para agilizar la realización de concursos para la cobertura de vacantes. En este punto se señaló que informe de “… la Presidencia del Consejo de la Magistratura y la Secretaría de Justicia…”, precisó que “a esa fecha se tramitan ante el organismo los concursos de 88 cargos, de los cuales 48, se encuentran en etapa de elaboración y elevación de ternas”. Se añadió que “de los restantes 40 cargos, muchos de ellos (correspondientes a los concursos 271, 273, 274, 275, 282, 283, 284, 290 y 291) se encuentran suspendidos en virtud de la falta de los casos del Banco de Casos incorporado en la última reforma legislativa. Asimismo, existen 57 cargos vacantes sin concursar de distintas jurisdicciones, que no han sido llamados a concurso, remontándose la vacante más antigua al año 2009”. También indicó que “al respecto debe señalarse que última reforma legal que ha merecido dicho organismo, ha generado una serie de inconvenientes de funcionamiento, que deben subsanarse para asegurar la función constitucional asignada”. Magistrados cuestionaron el proyecto oficial de reforma del Consejo de la Magistratura con duros conceptos La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial (AMFJ) realizó observaciones al proyecto y recordó la “posición institucional” que presentó ante la Comisión en el encuentro del 5 de febrero de 2025, donde se expuso fundadamente “la imperiosa necesidad de brindarle al CM provincial las herramientas necesarias y urgentes para la inmediata convocatoria a concursos públicos con el fin de salir del estancamiento actual y comenzar a cubrir el casi centenar de vacantes existentes en el Poder Judicial y en los Ministerios Públicos de la Provincia”. La HMFJ sostuvo sus diferencias con el proyecto oficial. Así, expresó que “en definitiva, como claramente surgió de la reunión del pasado 5 de febrero de 2025, y a diferencia de la construcción social que implicó la creación del Consejo de la Magistratura en el año 2003, el presente Proyecto no fue elaborado con la debida participación de los diferentes estamentos de la sociedad que tenemos interés en la transparencia y publicidad de las designaciones de los y las integrantes del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos de la Provincia; por lo que, analizado el Proyecto en profundidad y habiendo advertido la complejidad que implica una reforma integral del Consejo, reemplazando en su totalidad la Ley vigente, insistimos en nuestra postura de avanzar solo sobre aquellos aspectos sobre los que hay consenso entre todos los y las integrantes del Consejo, y los estamentos que lo integran, dotando al organismo en cuestión de las herramientas necesarias para salir del estancamiento actual y retomar ágilmente su función constitucional, lo cual se cumple con la sustitución del Banco de Casos (artículo 26 del Proyecto), por el sistema tradicional de 3 casos elaborados por los jurados intervinientes”. El PE sostiene que la reforma propuesta presenta “una innovación de este proyecto, (que) es el denominado Concurso Anticipado, el cual ha sido instrumentado en el Consejo de la Magistratura de la Nación y en sistemas comparados. Esta herramienta habilita la realización de concursos para cubrir futuras vacantes que se produzcan, permitiendo que de inmediato se puedan conformar las ternas para cubrir el cargo, a partir de un listado de postulantes que ya han sido previa y debidamente evaluados por concurso”. También destacó que “de lo expuesto hasta aquí, se desprende que el presente proyecto tiene una doble vocación. Por un lado, pretende brindar una adecuada respuesta a la situación y necesidades hoy existentes, aportando celeridad a los concursos, para regularizar definitivamente la cobertura de cargos vacantes. Por otro lado, este proyecto aspira a trascender en el tiempo, para que una vez cubiertas las vacantes hoy existentes o simultáneamente con esa labor, se realicen concursos anticipados para futuras vacantes, garantizando la mayor agilidad posible en la designación de Magistrados y Funcionarios de los Ministerios Públicos, elevando al máximo el estándar de seguridad jurídica y transparencia en su designación”. La AMFJ cuestionó la creación del Comité Asesor de Expertos que propone el proyecto del gobierno, señalando que “respecto del denominado ‘Comité Asesor de Expertos’ (artículo 39), como órgano permanente, no podemos dejar de advertir su incompatibilidad con la naturaleza jurídica misma del Consejo de la Magistratura, el cual ya es un organismo asesor (del Poder Ejecutivo), conforme a la Constitución Provincial. La Asociación manifestó que “preocupa y sorprende la eliminación de la paridad de género en la integración del Consejo y toda otra mención a la perspectiva de género y tareas de cuidado del procedimiento de selección y evaluación de antecedentes, como también en lo referente a la entrevista personal y a la conformación de la terna, lo cual debe ser reglamentado de acuerdo a la Ley N° 10.844”. También se señaló que “la cancelación que hace el Proyecto de todos esos tópicos afecta el principio de igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y varones en el efectivo ejercicio de sus derechos, como son el acceso a los cargos públicos y el ascenso profesional, estimando necesario mantener y aun profundizar la reglamentación contenida en la actual Ley N° 11.003”. (APFDigital)
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