09/03/2025 01:03
09/03/2025 01:03
09/03/2025 01:03
09/03/2025 01:02
09/03/2025 01:02
09/03/2025 01:02
09/03/2025 01:01
09/03/2025 01:01
09/03/2025 01:01
09/03/2025 01:01
» Radiosudamericana
Fecha: 07/03/2025 03:34
Jueves 06 de Marzo de 2025 - Actualizada a las: 21:51hs. del 06-03-2025 GOYA Los motivos de la sentencia que condenó a Leonardo Cositorto a 12 años de prisión, por su rol como jefe de una asociación ilícita y coautor del delito de estafa, fueron dados por el Tribunal de Juicio de Goya. Por su parte, Maximiliano Javier Batista, Miguel Ángel Echegaray y Lucas Camelino recibieron penas de 8 años. El Tribunal de Juicio de Goya, presidido por el doctor Ricardo Carbajal e integrado por los vocales Jorge Carbone y Julio Duarte, dio a conocer en tiempo y forma los fundamentos de la sentencia que condenó a Leonardo Cositorto a 12 años de prisión por su rol como jefe de una asociación ilícita y coautor del delito de estafa. Asimismo, Maximiliano Javier Batista, Miguel Ángel Echegaray y Lucas Camelino recibieron penas de 8 años por ser considerados miembros de la organización y coautores del mismo delito. Detalles de la sentencia La sentencia N°6/25, dictada el 25 de febrero de 2025 en el marco de la causa conocida como “Generación Zoe”, fue emitida dentro de los plazos establecidos por el Código Procesal Penal. En ella, los jueces explicaron los motivos de la condena y describieron en detalle el modus operandi de la organización, que engañaba a inversores con promesas de rentabilidad extraordinaria para apropiarse de sus ahorros. El tribunal determinó que Generación Zoe funcionaba como una estructura delictiva bajo el liderazgo de Cositorto, quien fue hallado culpable de encabezar la asociación ilícita y cometer múltiples estafas. Batista y Echegaray fueron considerados miembros activos de la red delictiva y recibieron la misma condena. Por su parte, Lucas Camelino también fue sentenciado a 8 años de prisión, pero permanecerá en libertad bajo estrictas condiciones: no podrá salir del departamento de Goya, deberá presentarse semanalmente en la fiscalía y entregar su pasaporte. Traslado de los condenados Los imputados que se encontraban detenidos en la Unidad de Bower, Córdoba, serán trasladados nuevamente a esa provincia, ya que su presencia en Corrientes solo era requerida para el desarrollo del juicio. Absolución y devolución de bienes El tribunal absolvió a Javier Sebastián Medina y Nicolás Ismael Medina, al no encontrarse pruebas suficientes en su contra, y ordenó la restitución de los bienes que les habían sido incautados, entre ellos dos vehículos, dinero en efectivo y dispositivos electrónicos. Por último, se dispuso la comunicación del fallo al Registro Nacional de Reincidencia y a la Jefatura de Policía, además de otras notificaciones legales correspondientes.
Ver noticia original