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» Diario Cordoba
Fecha: 06/03/2025 13:33
La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha dictado varias resoluciones en las que respalda la actuación de su compañero, el magistrado Leopoldo Puente, al rechazar los recursos interpuestos contra sus decisiones por acusaciones y defensas. En el auto en el que rechaza el interpuesto por el exministro José Luis Ábalos declara que el hecho de que el comisionista Víctor de Aldama haya conseguido salir de prisión, tras haber aportado supuestas pruebas contra el expolítico socialista, no invalida sus acusaciones. La resolución explica que el que el juez Puente haya "dado validez a las declaraciones de Víctor de Aldama", con las que ha conseguido la libertad, lo que el recurso argumentaba que le hacía "declarar todo aquello que entiende que le beneficia a sus intereses", no resulta "suficiente por sí solo, para negar posible virtualidad probatoria a aquellas declaraciones". El Supremo se remite así a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que considera que la obtención de un beneficio no supone invalidar el testimonio de un tercero. El resto de argumentos de Ábalos contra el auto en el que el magistrado Puente acordó mandar su suplicatorio también son rechazados. Sobre irrelevante Entre ellos figuraba la presunta obtención ilegal por parte de la Guardia Civil de un sobre dirigido a su nombre que transportaba el hermano de su asesor Koldo García, Joseba García, de Alicante a Madrid. El Supremo argumenta que Ábalos está en su derecho de alegar indefensión y pedir la nulidad, pero la Sala coincide con él en que "lo cierto es que, como el mismo explica en su recurso y como resulta también del informe rendido sobre estos extremos por la Guardia Civil, los documentos fotografiados y que don Joseba García hizo llegar, por encargo de su hermano don Koldo, a don José Luis Ábalos, carecen de toda relevancia en la investigación de los hechos que son objeto de esta causa especial". Añade que "se trataba, en efecto, de documentos relacionados con la adquisición de material sanitario en el marco de la pandemia del Covid-19, obtenibles de fuentes abiertas y que ninguna información proporcionan, ni siquiera en los términos indiciarios que son propios de este momento, acerca de la posible participación" de Ábalos. La Sala también ha rechazado los recursos de apelación interpuestos por las acusaciones populares de Vox, la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), el sindicato de funcionarios Manos Limpias, Hazte Oír, el partido político Iustitia Europa y la asociación Liberum contra el auto del instructor, por el que se acordó unificar la representación y defensa de todas las acusaciones populares en la ejercida por el Partido Popular, que fue la primera que se personó en la causa. Por último, la Sala ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular unificada contra el auto de fecha 22 de enero de 2025 del instructor que rechazó practicar la diligencia de investigación solicitada por Víctor de Aldama consistente en reclamar al juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid unas grabaciones que mostrarían la llegada de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, al aeropuerto de Madrid.
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