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  • JURIDICAS: Mercado Pago responde por la falla

    » El siglo web

    Fecha: 05/03/2025 00:15

    Mercado Libre deberá indemnizar a una mujer que compró una bicicleta a través de la billetera virtual Mercado Pago pero nunca recibió la mercadería. La empresa alegó que la operación se hizo por fuera del sitio, pero el fallo sostuvo que se incumplió con la Ley de Defensa del Consumidor. En la causa “MERCADO LIBRE SRL S/APELACION – RECURSO DIRECTO”, la Unidad Jurisdiccional en lo Contencioso Administrativo de Viedma condenó a Mercado Libre y a Mercado Pago por infringir la Ley de Defensa del Consumidor y causar daño directo a una mujer. Según se desprende del caso, la demandante compró una bicicleta a través de una página de internet. Desde la web, la dirigieron a Mercado Pago, donde abonó el importe. Luego de enviar el comprobante de pago al vendedor, no recibió respuesta a sus mensajes ni a sus llamadas telefónicas. El juez remarcó que Mercado Libre “no es un tercero ajeno a la operación que intentó concretar la usuaria”, ya que “su intervención se basa en la gestión que se generó desde el enlace de Mercado Pago, habilitado para que la denunciante realizara el pago en cuestión”. Al responder la demanda, Mercado Libre aseguró que “la transferencia realizada por la denunciante a través de Mercado Pago no estuvo relacionada con una compraventa celebrada en el Sitio Web de Mercado Libre, sino que provino de una transferencia de dinero entre usuarios de Mercado Pago”. Sin embargo, el juez Julián Fernández Eguía rechazó los argumentos y aseguró que “a los fines de la protección sustancial y procesal, el usuario consumidor resulta la parte más débil de la relación, pues en los hechos no existe la mentada igualdad económica y social que permita la paridad de condiciones para negociar”. “Hay un marcado desnivel que el derecho del consumidor pretende igualar protegiendo a la parte más débil del negocio”, agregó el magistrado al respecto. El juez remarcó que Mercado Libre “no es un tercero ajeno a la operación que intentó concretar la usuaria”, ya que “su intervención se basa en la gestión que se generó desde el enlace de Mercado Pago, habilitado para que la denunciante realizara el pago en cuestión”. Por lo tanto, profundizó Fernández Eguía, Mercado Pago es “responsable directo por la falta en el servicio ofrecido, atento a su calidad de proveedor”. “La aplicación del daño directo a Mercado Libre SRL se relaciona con la falta en el servicio ofrecido, dado su rol de proveedor, por lo que no puede deslindar su responsabilidad en la otra firma denunciada”, concluyó la sentencia. El juez de Viedma confirmó así la multa de 600.000 pesos por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor y 370.000 pesos por daño directo. fuente: diariojudicial

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