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» Elterritorio
Fecha: 02/03/2025 11:56
Vigente desde 2012 y con una primera condena en Misiones en 2014, la figura del femicidio puso de relieve la problemática de los homicidios en los que el detonante es la violencia de género. A pesar de malentendidos -como creer que todo asesinato de una mujer es femicidio-, las causas penales permitieron dimensionar en cifras este flagelo. Y ante las voces que se alzan contra esta perspectiva, incluyendo un anuncio presidencial luego retirado, abogados y activistas reivindican su valor. domingo 02 de marzo de 2025 | 1:30hs. Francisco Bourscheid fue condenado a prisión perpetua por el crimen de Angélica Ramírez (14), ocurrido en 2012 en Puerto Rico. Desde 2024 tiene prisión domiciliaria y defiende su inocencia. La figura de femicidio es un agravante que comenzó a tener vigencia en Argentina a partir de la ley 26.791, sancionada el 14 de noviembre de 2012, y la cual reformó el artículo 80 del Código Penal para criminalizar de modo agravado los homicidios vinculados con la violencia por razones de género. Esta norma incluyó el inciso 11, que penaliza con prisión perpetua la conducta del varón que dé muerte a una mujer mediando violencia de género, en los términos de la Ley 26.743 de Identidad de Género, que también fue sancionada ese año. De este modo, se introdujo la figura del femicidio. Respecto a la reforma del artículo 80 del CP, incorporó otras figuras agravadas que podrían configurar un femicidio, a través de la ampliación de los supuestos contemplados en los incisos 1° y 4° y la inclusión de un nuevo tipo penal en el inciso 12, conocido como homicidio vincular. Sin embargo, a 12 años de la implementación de la ley y con un cuestionamiento sobre ella, a tal punto del planteo a nivel nacional -representado por el presidente Javier Milei- sobre si la figura debe o no permanecer dentro del Código Penal, aún en la sociedad se presenta la duda sobre qué hechos de crímenes o intentos de crímenes hacia mujeres corresponden a la figura de femicidio y cuáles no. Hugo Bareiro fue el primer condenado por femicidio en Misiones. En enero de 2013 atropelló a su hijastra y a la amiga de ella por venganza. Las jóvenes murieron al instante. La Corte Suprema de Justicia de la Nación lleva un registro de femicidios que son elevados por parte del Tribunal Superior de Justicia de cada provincia y que conforman las estadísticas por año en el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), las cuales son investigadas por la Oficina de la Mujer de cada provincia como femicidios. Sin embargo, no todas las causas que fueron registradas son imputadas por la Justicia interviniente bajo la carátula de femicidio. Por ello, en este nuevo informe de El Territorio, con voces de profesionales, se identificará qué crímenes en los que la víctima es una mujer corresponde la figura de femicidio y cuáles no, ya que según el Código Penal, el femicidio no refiere a cualquier homicidio de una mujer, sino que se ciñe a las mujeres que son asesinadas por razones de género. En tanto, la propuesta a principios de este año por parte del gobierno nacional sobre la consideración de eliminar del Código Penal la figura del femicidio fue una situación que alertó a especialistas del derecho penal como un grave retroceso en las formas de analizar y condenar los delitos vinculados al género, que permitieron que el sistema judicial reconozca y condene con mayor severidad a quienes cometen estos tipos de asesinatos. Sobre todo que incorpore en su mirada la desigualdad y violencia estructural hacia las mujeres. Agustina Chiófalo, miembro de la Red de Abogadas Feministas de Misiones y Subsecretaria de Acceso Ciudadano a la Justicia, expresó que la existencia de la figura de femicidio "permitió calificar o agravar homicidios que antes no tenían ese encuadre legal y entonces, por considerarse homicidios simples, tenían una pena menor", alegando que a su vez "tiene una importancia social, porque permitió que el hecho fuera calificado y tuviera una pena mayor". Además, remarcó la importancia de incorporar la perspectiva de género en el sistema judicial. "Ojalá no tuviéramos que hablar de perspectiva de género, sino ya tenerla incorporada. Uno la adquiere con reflexión, con capacitación y sobre todo con entender que el machismo es una construcción sociocultural". Otras de las profesionales que cuestionó el pensamiento del presidente sobre la eliminación de la ley que contempla la figura del femicidio como agravante fue la abogada Clara Santamarina, quien trabaja en la Casa del Encuentro, una organización no gubernamental que promueve la erradicación de todo tipo de violencia, abuso y discriminación contra las mujeres. En primer lugar, criticó que "las afirmaciones falsas de que el régimen penal argentino beneficia a las mujeres y persigue a los hombres significan un grave daño para la conciencia colectiva que empezó a construirse en nuestro país a partir del Ni Una Menos". También remarcó que todas las medidas que hay a partir de la figura del femicidio "ayudaron a fortalecer en la sociedad la idea de que no queremos que ninguna mujer sea asesinada por ser mujer y que si un hombre toma esa decisión, merece una cadena perpetua, que es la máxima pena de nuestra legislación penal". Por otro lado, en este informe recordamos algunos de los casos de femicidio más relevantes que tuvieron lugar en Misiones y condenas, algunas en las que sí se aplicó la figura, como la muerte de Raquel Pereira junto a sus hijos, y otras en las que no, como el crimen de Antonella Bernhardt, cuyo asesino -Cristian Vargas- fue condenado por homicidio simple, ya que el Tribunal Penal Uno de Posadas no consideró elementos suficientes para incluir el agravante de violencia de género. Compartí esta nota:
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