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Fecha: 27/02/2025 14:30
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como "Aceite de oliva extra virgen marca La Mediterránea", originario de Mendoza, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. La medida fue adoptada mediante la Disposición 1261/2025 tras una investigación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que respondió a una consulta sobre la legitimidad del producto. La decisión responde a la necesidad de proteger la salud de los consumidores, al tratarse de un producto cuya trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad no pueden ser garantizadas bajo los controles establecidos por la normativa vigente. A través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), se verificó que los registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA) indicados en la etiqueta son inexistentes, lo que confirma que se trata de un alimento ilegal. En consecuencia, el INAL notificó el Incidente Federal N° 4458 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y alertó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad sobre la promoción del producto en plataformas de comercio electrónico. La ANMAT fundamentó la prohibición en la infracción a la Ley Nº 18284 y al Código Alimentario Argentino (CAA), ya que el producto carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado. Además, prohibió la comercialización de cualquier otro producto que exhiba los mismos números de RNE y RNPA. Notas Relacionadas
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