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  • La próxima semana, CGE hará relevamiento de prestación de servicios en las escuelas de Entre Ríos

    Parana » El Once Digital

    Fecha: 22/02/2025 09:30

    El Consejo General de Educación (CGE) informó que en el marco de lo establecido por la Resolución N° 2771/24, hará un relevamiento de prestación de servicios del personal docente los días 24, 25 y 26 de febrero. El relevamiento está destinado a docentes de las instituciones educativas de la provincia, tanto públicas como privadas. Esta iniciativa se realizará a través de un formulario individual y personal en el Sistema de Administración de la Gestión Educativa (SAGE) y tiene carácter de declaración jurada, su presentación será obligatoria. El formulario estará habilitado el lunes 24 a partir de las 17 y los días 25 y 26 a partir de las 8, quedando disponible por un plazo de 48 horas a partir de la habilitación. La Circular 4 del 21 de febrero, recuerda que el Decreto 4940/08 GOB y lo resuelto en múltiples oportunidades por la jurisprudencia local, los haberes serán abonados solo respecto de los días "efectivamente trabajados", de acuerdo a la carga de asistencia y los datos que surjan del relevamiento. En caso de que un agente no complete el formulario en el plazo estipulado, se presumirá que éste no prestó servicios en el establecimiento educativo durante el día y en la oportunidad correspondiente. Los docentes que enfrenten inconvenientes para completar el formulario en SAGE, deberán informar por vía jerárquica y por escrito a su establecimiento, adjuntando la documentación que respalde su situación, dentro de las 48 horas posteriores a la finalización del relevamiento. Por otra parte, desde el CGE indicaron que "se hace saber la obligación de garantizar el dictado de clases en todos los niveles, en resguardo de los derechos de los estudiantes. En este sentido, y con el objetivo de hacer saber la normativa vigente, se recuerda que el decreto Nº 4940/2008 establece que el haber de los empleados debe abonarse únicamente por los días `efectivamente trabajados´. Este criterio ha sido ratificado judicialmente en diversas ocasiones, con fallos favorables a la administración provincial, y que datan de los años 2010, 2011 y más recientemente del 2024". Además, "en caso de adoptarse medidas de fuerza, se recuerda a los equipos directivos las funciones inherentes a su cargo, que les asignan la responsabilidad de garantizar la apertura y cierre del establecimiento bajo su dirección, asegurando la libertad de trabajo y el derecho de los alumnos a recibir educación. Asegurar, con su presencia, la prestación del servicio, el ingreso y permanencia de los docentes y el personal administrativo auxiliar que asista a cumplir sus funciones". Asimismo, indicaron que "se subraya que los directivos deben cumplir con la obligación de comunicar cualquier licencia o inasistencia del personal docente, administrativo o de servicios, informando puntualmente las novedades en la pestaña `asistencia´ en el sistema SAGE, donde deberán realizar el control y carga diaria de asistencia del personal".

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