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  • Una reforma

    » Diario Cordoba

    Fecha: 20/02/2025 17:34

    Puede que no sepan que el mes pasado se publicó un tratado de parte general de derecho penal del Profesor Silva Sánchez. Es un monumento de más de dos mil páginas que hace que cualquiera que quiera competir en el siglo XXI luche, a lo más, por quedarse segundo. En cierto modo es liberador. La obra coincide en el tiempo, con trágica ironía, con el anuncio de renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que viene con intenciones buenas, que suenan bien, malas y en general poca calidad técnica y práctica. Con 1600 caracteres yo no puedo decirles mucho más. La reforma necesaria, que el Pacto no contempla, puede ser la del artículo 468 del código penal, que castiga el quebrantamiento de condena o medida y tiene tres apartados. El primero prevé prisión cuando se quebranta una pena privativa de libertad, y multa en los demás casos. El tercero prevé multa, cuando se perturba el funcionamiento de la «pulsera» que controla el alejamiento. Y el segundo prevé prisión cuando la persona protegida por la orden es una de las del 173.2, o sea, pareja o expareja entre otros. Quiera la víctima o no. Hay alejamientos necesarios. Lo sé porque he estado en la puerta de la víctima la noche que puesto en libertad el señor se ha ido derecho a casa de ella. Hay otros que la víctima quiere quitar al día siguiente, porque la orden se pone si la víctima la pide, pero no se quita siempre si pide que la quiten. No son la misma conducta. Hay gente en la cárcel por haberse ido ambos de fin de semana. Por eso el quebrantamiento con consentimiento de la víctima debería castigarse con multa. *Abogado

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