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  • Escándalo: La ANDIS usa "idiota" e "imbécil" para referirse a discapacidad intelectual en una resolución – MisionesOpina

    » Misionesopina

    Fecha: 20/02/2025 17:26

    Los criterios para otorgar asignaciones estatales a personas con discapacidad volvieron a despertar tensiones entre el Poder Ejecutivo y las organizaciones del sector. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) decidió profundizar lo que considera una revisión necesaria para evitar fraude. Sin embargo, lo que cuestionan desde el colectivo es que en ese proceso ignora la legislación vigente, retrocede en materia de derechos humanos y que hasta avala la discriminación y la estigmatización. En septiembre del año pasado, la ANDis publicó el decreto 843. Desde que en 1997 se reglamentara el otorgamiento de pensiones por invalidez laboral, distintas normativas habían flexibilizado criterios para hacerlos acorde a lo que señala la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Este documento de Naciones Unidas, que en Argentina tiene rango constitucional, entiende que la discapacidad no impide trabajar, pero que a la vez las personas con discapacidad enfrentan barreras por las cuales es necesario brindarles una asignación. Pero el decreto 843 retrotrajo la cuestión, en gran medida, a la normativa de 1997, cuestionada por Naciones Unidas. Junto con el decreto, la ANDis anunció que los beneficiarios de estas pensiones serían evaluados, ya que análisis preliminares daban cuenta de inconsistencias. Precisamente, en los últimos días beneficiarios de las pensiones comenzaron a recibir citaciones para que una junta médica los evalúe. Con la supervisión del Ministerio de Salud y Pami, la ANDis anunció que se revisarán 1 millón de pensiones. Para ello, en enero la ANDis sacó una resolución, la 187, que no solo vuelve a enfatizar criterios médicos para evaluar la discapacidad (los beneficiarios deberán acreditar una “invalidez laboral” del 66% en lugar del 76% de la normativa original). Además, en el anexo de la resolución se emplean términos discriminatorios, como “idiota”, “imbécil” y “débil mental”. Eso se incluye a la hora de describir “retardos mentales”. Ante esta situación, siete organizaciones de personas con discapacidad, lideradas por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), presentaron un reclamo al Ejecutivo para que derogue la normativa. Términos obsoletos “Las expresiones que usa la normativa refuerzan la discriminación que ha existido históricamente y aún existe para las personas con discapacidad. Son términos obsoletos y peyorativos que implican una violación directa a la Convención, que en el artículo 8 establece el deber de los Estados de adoptar todas las medidas para fomentar el respeto y dignidad de las personas, luchar contra prejuicios y estereotipos. Usar estos términos es contrario a los deberes que establece este artículo en cuanto a la lucha contra la discriminación", señala Eduardo Quiroga, abogado del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de ACIJ. En esa línea, Gabriela Troiano, presidenta de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), califica el uso de esos términos como un acto de “violencia institucional sin precedentes”. La exdiputada nacional socialista (2013-2017) enfatiza que “es un acto discriminatorio que muestra un profundo desconocimiento de las personas con discapacidad y de la normativa vigente en la Argentina sobre cómo referirse a ellas. Hablar en términos tan peyorativos que denostan a la otra persona es una terminología muy violenta. Si ya está escrito en una norma, es grave”. La Nación intentó comunicarse por distintas vías con la ANDis para consultarlos sobre el uso de esos términos, pero no han respondido las consultas. La agencia tampoco quiso hacer comentarios sobre la profundización de un modelo de pensiones que las organizaciones del sector señalan como una involución en materia de derechos. El problema de la “invalidez laboral” El comunicado de ACIJ resalta que "no hay personas ‘inválidas’ para trabajar, si no que todas pueden hacerlo en la medida que se les proporcionen los apoyos que requieren". Quiroga profundiza: "Medir la incapacidad de las personas es en sí mismo discriminatorio porque reafirma la noción de que existen personas naturalmente improductivas e incapaces de desarrollarse en el mercado laboral, en lugar de considerar que todas podrían acceder a un empleo y desempeñarse adecuadamente en él, si se implementaran las medidas de accesibilidad, si se proveyeran los apoyos y se hicieran los ajustes que ellas puedan requerir para hacer las tareas que tengan a su cargo". El abogado además advierte que la aplicación del baremo adoptado por la ANDis refuerza un modelo de discriminación, ya que implica que “haya personas que por su diagnóstico médico o su situación de salud sean consideradas directamente inválidas para el trabajo y, por ende, excluidas del mercado laboral”. “Esto va acompañado de un retroceso ideológico de la discapacidad desde el modelo médico. Desconocer el modelo social es limitar las obligaciones que tiene el Estado”, agrega. Una mirada social Troiano explica que, al otorgarse el Certificado Único de Discapacidad (CUD), hasta ahora había “una junta evaluadora con asistentes sociales, psicólogos y un médico. Se tiene en cuenta la patología de la persona, pero se consideran también las condiciones sociales y económicas de la persona: dónde vive, si hay transporte, si la calle es de tierra”. Troiano destaca que, dentro del modelo social de la discapacidad, “otorgar una asignación universal por discapacidad implica considerar las barreras ambientales que tienen en su lugar de residencia y en los lugares a los que debe recurrir, ya sea para atención médica, para un centro educativo, a su trabajo o al cine”. Vinculado a esto, señalan desde el colectivo, la asignación por discapacidad (que corresponde al 70% de la jubilación mínima, hoy serían 191.160 pesos, más un bono de 70.000) responde a barreras y gastos adicionales que enfrentan las personas con discapacidad. Otro aspecto criticado es la falta de consulta a las personas con discapacidad y sus organizaciones en la elaboración de estas políticas. Según Quiroga, “esto incumple una de las obligaciones que establece la Convención: garantizar su participación en procesos vinculados a políticas públicas que tengan un impacto directo o indirecto en sus vidas”. Quiroga añade que “hay un saber que es intransferible por las experiencias de vida de las personas con discapacidad. Si el Poder Ejecutivo Nacional hubiera garantizado la participación de las personas con discapacidad, hubiera construido un mejor diagnóstico sobre las barreras que enfrentan, a sus gastos adicionales, a sus necesidades para una vida autónoma, entre otras cuestiones esenciales”. Más información: A continuación se adjuntan las resoluciones oficiales:

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