12/02/2025 23:18
12/02/2025 23:17
12/02/2025 23:17
12/02/2025 23:17
12/02/2025 23:17
12/02/2025 23:16
12/02/2025 23:16
12/02/2025 23:16
12/02/2025 23:15
12/02/2025 23:15
Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 12/02/2025 17:50
El fiscal Eduardo Santo, de la Unidad Fiscal de Uruguay, pidió la remisión a juicio oral de la causa que investiga la responsabilidad del extitular del Instituto Portuario de Entre Ríos, el dirigente del PRO Juan Enrique Ruiz Orrico, responsable de la muerte de cuatro jóvenes trabajadores de la ciudad de Basavilbaso. Orrico protagonizó el 20 de junio de 2024 un gravísimo accidente en la ruta 39, en jurisdicción del departamento Uruguay: embistió de frente a un vehículo en el que se trasladaban cuatro jóvenes trabajadores del Frigorífico Fadel, de Pronunciamiento, que murieron en el acto: Leonardo Almada, Axel Rossi y los hermanos Lucas y Brian Izaguirre. Orrico iba en un vehículo oficial en un día no laborable y habiendo consumido alcohol. Un juez de Garantías de Concepción del Uruguay y una vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones le negaron la preventiva; luego, resolvió lo mismo la Casación de Concordia. Aunque con una integración distinta por cuanto los jueces de las Salas I y 2, de Paraná y de Concordia, se excusaron de intervenir. La razón: María Evangelina Bruzo, madre de los hijos de Orrico, es vocal de la Casación de Concordia. El pedido de prisión preventiva llegó a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que hizo lugar a una impugnación extraordinaria que presentó el querellante. El 26 de marzo se realizará la audiencia en la que se escucharán los argumentos de la defensa de Orrico, Félix Pérez y Leandro Monje; del querellante Mario Arcusin y del Ministerio Público Fiscal. El querellante Arcusin habló con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, “no fue un accidente. Un accidente es un hecho imprevisto o que aún previsto no se haya podido evitar. Este hecho fue un homicidio. No fue un accidente porque él, manejando con 1,59 de alcohol, mató a cuatro personas. Entonces, no fue un accidente, fue un homicidio que veremos todavía si es culposo agravado, como lo remitió a juicio el fiscal o si es un homicidio simple con dolo eventual, como entendemos desde la querella”. “Lo que hizo el fiscal fue la remisión a juicio, de esa remisión a juicio nos dieron a la defensa y a la querella y al actor civil cinco días para contestar si estamos de acuerdo o si tenemos una postura distinta. En este caso, yo pienso cambiar la acusación a un homicidio simple. Esto lo planteo justamente por lo que se dijo recién: Orrico conocía el camino y sabía que con esa graduación alcohólica podía ocurrir lo que ocurrió. Salir a manejar en esas condiciones es como salir a manejar con un arma”, planteó. -¿Cuál es la diferencia sustancial entre una calificación y la otra? -Una es culpa, y otra es dolo. La culpa es negligencia, impericia, Y hay distintas penas. Si vos cometés un delito, vas a ser culpable del delito, culpable por negligencia. Acá está la diferencia. La pena por el delito del 84 bis, por la culpa agravada, por las cuatro muertes y por la ingesta de alcohol, es de tres a seis años Nosotros planteamos la figura de un homicidio simple, que prevé una pena de ocho a veinticinco años con este nuevo sistema. En ese caso, sería un juicio por jurado, lo cual podría llevar a una salida alternativa que sería un juicio abreviado. Todas son especulaciones previas. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
Ver noticia original