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» Diario Cordoba
Fecha: 12/02/2025 15:57
Dos de los cinco sevillanos miembros del grupo de WhatsApp conocido como 'La Manada', condenados por un delito continuado de violación grupal en los Sanfermines de 2016, han pedido rebajar sus penas en aplicación de la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del "sólo sí es sí", impulsada por la exministra de Igualdad Irene Montero durante la pasada legislatura. Se trata de José Ángel Prenda y Jesús Escudero, para lo que ambos han remitido un escrito a la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, el tribunal de la sentencia inicial que los condenó inicialmente a nueve años de prisión cada uno de ellos por un delito de abuso sexual. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) revocó dicha sentencia inicial y condenó a todos los integrantes de 'La Manada' a 15 años de prisión por un delito continuado de violación sobre la víctima de los hechos. En su escrito, José Ángel Prenda y Jesús Escudero se acogen a la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del "sólo sí es sí", y de la que derivan más de mil rebajas de condena por la unificación de los delitos de abuso y agresión sexual en un solo tipo debido a que, ante la colisión entre dos normas penales de vigencia temporal diferente, debe aplicarse la pena más favorable para el reo. La Audiencia de Navarra desestimó inicialmente la petición el condenado Ángel Boza en demanda de reducir a 13 años y nueve meses la pena de cárcel, merced a la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del "sólo sí es sí", pero después, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra accedió a la solicitud de la defensa de este inculpado, reduciendo la pena a 14 años. Por lo "mínimo" El TSJN convino que la condena debía ser reducida, puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia sobre el caso que imponía una condena de 15 años, "próxima" o "cercana" al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley del 'sólo sí es sí' rebajó "sensiblemente" en su redacción, según el TSJN. Así, según explicaba la Sala, en la nueva ley la pena máxima del delito atribuido continúa inalterada, pero la mínima desciende un año y tres meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. "En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos quedan dos años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible, pero que, a juicio de la mayoría de esta Sala, ya no cumple el parámetro fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia cuando calificaba la pena impuesta como 'muy próxima al mínimo legal', o como 'pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana' al mismo", argumentaba el TSJN, que redujo así de 15 a 14 años la pena de prisión impuesta a Ángel Boza. El Supremo En julio de 2024, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó esta rebaja de 15 a 14 años decretada en septiembre de 2023 por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) para Boza, el único de los cinco que lo solicitó. El Supremo consideró "razonable" el criterio del TSJN al "ajustarse a los parámetros que estableció el pleno de la Sala de lo Penal cuando abordó la línea a seguir tras la entrada en vigor de dicha ley" y ahora, otros dos condenados, Ángel Prenda y Jesús Escudero, han interpuesto sendos recursos de revisión de sus penas en ese mismo sentido, que se han trasladado al resto de partes para que en el plazo de cinco días formulen alegaciones. Una vez recibidas, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra resolverá. El condenado Alfonso Jesús Cabezuelo, exmilitar, manifestaba de su lado ante el caso de Boza su deseo expreso de "cumplir la pena" impuesta "en los propios términos en los que dictó la sentencia y alcanzar la reinserción".
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