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» La Capital
Fecha: 10/02/2025 22:07
La profesional de Rosario le había asegurado a la mujer, que vivía en Soldini, que no corría ningún riesgo. Dos años después, la profesional protagonizó una situación similar con otra embarazada que terminó perdiendo su bebé Comenzó el juicio oral contra María G, una médica que hace diez años autorizó a una embarazada a dar a luz en su domicilio en Soldini asegurándole que no corrían ningún riesgo ella ni su bebé. Sin embargo, después de una serie de complicaciones, ambos murieron . Dos años más tarde, una situación similar sucedió con la misma profesional en Rosario. Por los hechos, la fiscalía pide siete años de prisión de cumplimiento efectivo para la médica y diez de inhabilitación profesional por los delitos de homicidio culposo y lesiones gravísimas culposas. El primer trágico hecho ocurrió en el 2015 en Soldini, a 15 kilómetros de Rosario. Mariela Zuñigaera estaba embarazada y fue atendida durante los meses de gestación por la médica María G. de manera particular. En este sentido, el embarazo transcurrió sin intervención de una institución hospitalaria y, por lo tanto, sin la realización de ningún estudio de rutina. A pesar de esto, la médica le aseguró a su paciente que el parto podría hacerse en su domicilio sin ningún riesgo para ella ni para su bebé. Sin embargo, durante el parto, que ocurrió el 4 de mayo de 2015, la médica la estaba asistiendo y notó que el estado de salud de Mariela empeoraba. Así, decidió trasladarla por sus propios medios , en su auto particular, y sin la ayuda de ninguna ambulancia de emergencia al Hospital Roque Sáenz Peña, de Rosario. Según se conoció, la institución hospitalaria no estaba avisada de la realización del parto domiciliario. Mariela llegó ya sin signos vitales y falleció. Si bien se le practicó una cesárea de urgencia, el bebé tampoco sobrevivió. >>Leer más: Mala praxis: deben resarcir a los familiares de un joven que murió por la anestesia Mariela no fue la única El caso de Mariela, sin embargo, no fue el único. Dos años después, en Rosario, sucedió una situación de características similares. En este sentido, a la médica María G. se le atribuye haber provocado lesiones gravísimas a otra mujer embarazada que también fue atendida por la acusada. La víctima terminó intervenida quirúrgicamente a causa de serias heridas en el útero y su bebé falleció. En aquella oportunidad la médica volvió a indicarle a su paciente que podía realizar el parto en su domicilio sin riesgos mayores para su vida y la de su bebé, y la acompañó durante el embarazo sin intervención alguna de instituciones hospitalarias y sin realizarle ningún estudio de rutina. El día 7 de marzo de 2017, cuando se produciría el parto, María G. preparó la casa de su paciente desde las 6.30 de la mañana para recibir al bebé. Seis horas después y ya estando la víctima en trabajo de parto, notó que la mujer estaba grave y su estado de salud se deterioraba. Fue recién entonces cuando decidió trasladarla al Hospital Eva Perón en la localidad de Granadero Baigorria. Nuevamente se constató que María G. realizó dicho traslado sin asistencia de ambulancia, en su auto particular y sin avisarle a ninguna institución hospitalaria que el parto se estaba llevando a cabo. Según trascendió, al hospital llegaron alrededor de las 13 y, por la gravedad de la situación, los médicos decidieron practicarle una cesárea de urgencia a la paciente. El bebé no sobrevivió y por las graves lesiones sufridas en el útero, la mujer fue sometida a una histerectomía. >>Leer más: Piden hasta cinco años de prisión para un médico por una "intervención tardía" El juicio El juicio oral contra María G. comenzó este lunes en el Centro de Justicia Penal de Rosario. Los fiscales Mariana Prunotto y Matías Edery le atribuyeron a la acusada los delitos de homicidio culposo y lesiones gravísimas culposas. En este sentido, solicitan la pena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo y diez años de inhabilitación especial para ejercer como profesional. De esta manera, se argumentó que la acusada tuvo una conducta negligente e imprudente. Asimismo, se consideró la "inobservancia de los reglamentos y de los deberes a su cargo como profesional médica que se traduce en que, con la información de los antecedente médicos de la paciente de haber tenido un parto anterior con cesárea, aconsejó y practicó en la paciente un parto domiciliario a pesar de ser esta práctica contraindicada por la comunidad médico-científica". Por otro lado, se apuntó contra ciertas imprudencias vinculadas al manejo de la situación. En este sentido, desde la fiscalía remarcaron el hecho de que no informó los riesgos reales de dicha práctica a la paciente, asumió todos lo riesgos que implica dicha práctica sin estar en una institución destinada a tal fin, asumió el peligro de no contratar un servicio de traslado pre-hospitalario para el caso de urgencia y el riesgo de no dar el aviso previo correspondiente a una institución sanitaria continente.
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