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» Comercio y Justicia
Fecha: 10/02/2025 08:14
La Sala de Turno 2 del Poder Judicial de la Nación confirmó la decisión de primera instancia de rechazar la medida cautelar solicitada por J. M. R. contra la empresa Estación Urquiza SA La resolución de los jueces Gastón Matías Polo Olivera, Claudio Ramos Feijoo y Maximiliano Luis Caia se fundamentó en la ausencia de los requisitos esenciales para la procedencia de la medida precautoria, entre ellos, la verosimilitud del derecho invocado y la existencia del peligro en la demora. El actor había solicitado una medida de no innovar para impedir cualquier alteración de la situación de hecho o de derecho respecto del inmueble ubicado en la intersección de Av. Triunvirato y Monroe, en la Ciudad de Buenos Aires. La solicitud de R. se basó en su participación como heredero de un 25% del inmueble, mientras que otro 25% pertenecía a su hermana y el 50% restante a los herederos de Elsa de Colombo. Según el apelante, los demandados habrían manifestado su intención de vender el inmueble sin su consentimiento, lo que motivó su pedido de protección judicial hasta que todas las partes pudieran negociar la continuidad del contrato de locación con la empresa demandada. Observación
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