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Fecha: 07/02/2025 08:08
El Gobierno consiguió apoyos de la UCR y el peronismo en Diputados para conseguir la suspensión de las PASO por el período electoral 2025. Además, el temario incluye la votación de reformas en el Código Penal y Procesal Penal:cambios en reiterancia, reincidencia y unificación de condena; y el régimen de juicio por ausencia. Suspensión de las PASO: cómo fue la votación Los votos en la suspensión de las PASO se dividieron de la siguiente manera: Afirmativos: 162 diputados. 41 de La Libertad Avanza y aliados; 37 del PRO; 25 de Unión por la Patria; 16 de UCR; 11 de Encuentro Federal; 8 de Innovación Federal; 7 de Democracia para Siempre; 6 de Coalición Cívica; 3 del MID; 3 de Independencia; 2 de Producción y Trabajo; 2 de Por Santa Cruz; y 1 de Movimiento Popular Neuquino. 41 de La Libertad Avanza y aliados; 37 del PRO; 25 de Unión por la Patria; 16 de UCR; 11 de Encuentro Federal; 8 de Innovación Federal; 7 de Democracia para Siempre; 6 de Coalición Cívica; 3 del MID; 3 de Independencia; 2 de Producción y Trabajo; 2 de Por Santa Cruz; y 1 de Movimiento Popular Neuquino. Negativos: 55 diputados. 43 de Unión por la Patria; 4 de Encuentro Federal; 5 del Frente de Izquierda; 2 de la UCR; y 1 de Defendamos Santa Fe. 43 de Unión por la Patria; 4 de Encuentro Federal; 5 del Frente de Izquierda; 2 de la UCR; y 1 de Defendamos Santa Fe. Abstenciones: 28 diputados. 24 de Unión por la Patria; 2 de Democracia para Siempre; y 2 de la UCR. 24 de Unión por la Patria; 2 de Democracia para Siempre; y 2 de la UCR. Ausentes: 12 diputados. 6 de Unión por la Patria (Bertoldi, Cisneros, Gollán, Pereyra, Pokoik y Zabala); 3 de Democracia para Siempre (Aguirre, Coletta y Rizzotti), Barletta de Unidos, Fein de Encuentro Federal y Romero del PRO. A pesar de que se aprobó la suspensión de las PASO, no se consiguieron consensos para los otros puntos que integraban originalmente la «Ley de Fortalecimiento Electoral», que limitaba la gratuidad de la propaganda proselitista, incrementaba exponencialmente el aporte que pueden realizar los privados (de un límite del 2% del total de fondos electorales, pasa al 35%) y dificultaba las condiciones para convertirse en un partido nacional. En cuanto a los proyectos de seguridad, se busca reformar el Código Penal en su artículo 50 para agravar en un tercio lacondena para los reincidentes («toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de la libertad»). También se sustituye el artículo 55 para unificar condenas, indicando que «la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos». En cuanto a la reiterancia delictiva (conducta transgresora de la ley en la que no se produjo condena), comenzaría a considerarse como argumento para determinar la prisión preventiva durante una investigación (modifica artículo 218 del Código Procesal Penal). En ese marco, se establecen figuras que amplían las condiciones para la prisión preventiva: presunción de peligro de fuga, de obstaculización de la investigación y de reiterancia delictiva. Finalmente, el juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos considerados graves.
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