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  • Critican que la demora en traspasar la Justicia Nacional Penal a CABA obstaculiza una Justicia Federal más eficaz

    Parana » APF

    Fecha: 05/02/2025 18:32

    El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) cuestionó en un comunicado que “la demora en el traspaso de las competencias penales a la ciudad no sólo implica una injusticia tributaria para las provincias y una afectación a la Constitución Nacional” y que es “uno de los principales obstáculos para contar con una Justicia Federal eficaz, en un contexto en donde los fenómenos criminales de competencia federal son cada vez más desafiantes”. miércoles 05 de febrero de 2025 | 18:19hs. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) emitió un comunicado en el que señaló que “casi la mitad de los magistrados del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos de la Nación están afectados a la Justicia Nacional, un sistema que, pese a su nombre, se dedica a atender asuntos locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Culpas El Inecip cuestionó que “la decisión de la Corte podría ser calificada de drástica, si no hubiese sido precedida de 10 años de advertencias sin reacción alguna. Los principales responsables de esta situación son los órganos políticos competentes. Pero los sectores judiciales, en particular los de la propia Justicia Nacional que hoy alzan la voz contra el fallo, son los mismos que en estos 10 años, lejos de impulsar acciones para realizar un traspaso ordenado y de establecer protocolos de actuación conjunta que faciliten la transición, solamente se encargaron de oponerse al cumplimiento de la Constitución, aferrándose a su condición de ‘nacionales’”. También se resaltó que “la Constitución es clara y es deber de los magistrados cumplirla, aún en contra de sus propios intereses. En este entuerto político y gremial, quien sale perjudicada, en última instancia, es la sociedad. La de la ciudad, ya que carece de una justicia que deba rendirle cuentas de su funcionamiento. Y la del resto del país, que debe financiar a esa justicia lejana que en nada le atañe, y padecer que el sistema de justicia federal concentre a sus limitados recursos en la Ciudad”. Tras aquellos señalamientos, se convocó a “la Corte Suprema de la Justicia de la Nación a llamar a una audiencia al Gobierno Nacional y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de promover, bajo apercibimiento de astreintes (N de la R: astreintes o sanciones conminatorias están previstas en el Código Civil y el Código de Procedimientos de la Provincias) a los funcionarios responsables, la firma de un nuevo convenio que disponga la finalización en el plazo de un año de la transferencia de competencias penales ordinarias, en el marco de un traspaso general de competencias en otras materias, para su ratificación por los respectivos Poderes Legislativos”. También se convocó a “los gobernadores provinciales a exigir al Gobierno Nacional el traspaso de la Justicia Nacional a la ciudad, en pos de garantizar la equidad fiscal entre las provincias y la Ciudad” y a “los Consejos de la Magistratura y los Ministerios Públicos de la Nación y de la ciudad a acordar un ‘Plan Integral de Traspaso de Competencias en Materia Penal’, que permita cumplir rápidamente con esa transferencia, sin afectar los derechos laborales de los trabajadores de la Justicia Nacional”. Privilegio Desde el Instituto indicaron que “en materia penal, esos funcionarios del Estado Federal, financiados por la ciudadanía de todas las provincias, se ocupan de investigar, defender y juzgar delitos ‘ordinarios’ cometidos en esa Ciudad, como homicidios, robos, hurtos o amenazas. Es el único territorio en donde eso sucede. En el resto del país, los jueces, fiscales y defensores de la Nación sólo se ocupan de casos federales, como el narcotráfico o la trata de personas. Los delitos ‘no federales’, en cambio, están a cargo de funcionarios provinciales”. Injusticia En aquella línea, se señaló que “la demora en el traspaso de las competencias penales a la ciudad no sólo implica una injusticia tributaria para las provincias y una afectación a la Constitución Nacional. Es, además, uno de los principales obstáculos para contar con una Justicia Federal eficaz, en un contexto en donde los fenómenos criminales de competencia federal son cada vez más desafiantes. En el comunicado se indicó que “la implementación del sistema acusatorio prevé la aplicación de políticas de persecución penal uniformes y estratégicas para los delitos federales. El Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPFN) debe convertirse en un órgano híper-profesionalizado y especializado en la investigación y persecución de la criminalidad compleja. Difícilmente pueda lograrlo mientras buena parte de su estructura se dedique a perseguir delitos ordinarios de la CABA”. Obstáculo En aquella línea, entendieron “la concentración de los recursos del MPFN en competencias porteñas obstaculiza el diseño y ejecución de políticas de persecución penal con mirada federal, hoy lamentablemente inexistentes. Tener a un Procurador General con un ojo en las dinámicas de los mercados ilícitos interprovinciales o transnacionales de drogas, de armas o de personas, y otro en los pequeños hurtos cometidos en la ciudad, atenta contra la lógica federal de nuestro país”. Consejo demorado Desde el Inecip se criticó también que “lo mismo sucede con el Consejo de la Magistratura de la Nación, con decenas de concursos federales demorados por su doble función de seleccionar tanto a jueces federales como a jueces ‘nacionales’ que, en los hechos, cumplirán funciones de jueces locales en la CABA. El Estado Federal debe ocuparse de los asuntos federales”. Así, se entendió que “es por eso que, desde la reforma de 1994, el artículo 129 de la Constitución Nacional le reconoce a la ciudad ‘facultades propias de legislación y jurisdicción’. Como correctamente lo interpretó la Corte Suprema de Justicia de La Nación desde el fallo ‘Corrales’ (2015) en adelante, eso implica que los asuntos locales deben ser juzgados por la jurisdicción local. Quienes bregan por la continuidad de la Justicia Nacional se basan en el segundo párrafo de ese artículo 129, que prevé que ‘una ley garantizará los intereses del Estado nacional mientras la Ciudad de Buenos Aires sea capital de la Nación’”. También se fulminó que “las discusiones sobre los alcances de esta cláusula en materia civil, comercial o laboral no aplican de ningún modo a la materia penal. ¿Cuál es el interés federal en el juzgamiento de delitos ordinarios cometidos en la ciudad? Todo el interés nacional en esta materia está subsumido en la competencia federal, que no se alterará por estas transferencias. Ese es el motivo por el que el traspaso de competencias penales haya sido el que más avanzó. En los últimos 25 años, gobiernos nacionales y porteños de distinto signo político firmaron tres convenios que transfirieron competencias penales al sistema judicial de la ciudad. Lo único que falta es analizar el proceso”. Inecip cuestionó que la demora “genera que en un mismo territorio convivan sistemas de justicia penal desconectados entre sí, multiplicando los conflictos de competencia en casos tan graves como los de violencia de género. El contexto político facilita la situación. El Gobierno porteño reclamó públicamente el traspaso y cuenta, desde el 2016, con una ampliación en la coparticipación a su favor, por lo que ya tiene el dinero necesario para asumir estas competencias. Por su parte, el Gobierno Nacional ya incluyó esta iniciativa en su proyecto original de la Ley Bases y viene impulsando la implementación del Código Procesal Penal Federal en la Justicia Federal, que requiere, para ser exitosa, que el sistema judicial de la Nación se concentre en la competencia federal”. 30 años En el comunicado hubo críticas la pronunciamiento del Procurador General interino de la Nación, Eduardo Casal: “En ese sentido, llama la atención que el MPFN, en su carta dirigida a la Corte Suprema, alegue que el fallo de la Corte provocará ‘un obstáculo para el diseño de una política criminal coherente’. En 30 años, la Procuración nunca aprovechó la potencial ventaja que podía brindarle concentrar la persecución penal de delitos federales y ordinarios en un mismo territorio. Las fiscalías federales con asiento en la Capital Federal y las fiscalías nacionales funcionaron y siguen funcionando como órganos absolutamente separados, sin una articulación que potenciara su eficacia”. La crítica se profundizó cuando se señaló que “por el contrario, pese a la vigencia de una nueva Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal desde el 2015, las fiscalías de la Justicia Nacional conservan un modelo organizacional anacrónico, con tiempos de resolución inaceptables y una ineficacia que impide pensar en cualquier ventaja de mantenerla situación actual. Se trata, asimismo, de la misma Procuración que vaticinó el colapso del sistema de justicia federal si se implementaba el sistema acusatorio sin nuevos nombramientos de fiscales. Lejos de eso, lo que demuestran los distritos federales en donde ese Código entró en vigencia es que el sistema, lejos de saturar, cuenta con recursos de sobra. Al igual que en este caso, el problema es de voluntad política”. Finalmente se destacó que “el fallo ‘Levinas’ de la CSJN no es un fallo aislado. Ocurre a 30 años de la reforma constitucional y a una década de la primera exhortación de la propia Corte para que el Estado Nacional y el de la ciudad finalicen el traspaso, en el mencionado fallo ‘Corrales’, sucesivamente reiterado en fallos del 2016 (Nisman), 2018 (José Mármol) y 2019 (Bazán)”. (APFDigital)

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