23/01/2025 11:33
23/01/2025 11:33
23/01/2025 11:32
23/01/2025 11:31
23/01/2025 11:31
23/01/2025 11:31
23/01/2025 11:31
23/01/2025 11:30
23/01/2025 11:30
23/01/2025 11:30
Diamante » Diamantefm
Fecha: 23/01/2025 06:41
El fiscal coordinador, Leandro Dato, le pidió al Superior Tribunal de Justicia (STJ) que le habilite la llegada a la Corte Suprema de Justicia para tratar de revertir el fallo del STJ que le concedió la libertad a los condenados sin sentencia firme Sergio Urribarri y Juan Pablo Aguilera, condenados en el denominado “megajuicio” a penas de prisión efectiva por cinco hechos de corrupción contra la Administración Pública. Dato presentó lo que se denomina recurso extraordinario federal ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en feria para que le habilite la llegada a la Corte Suprema.Además, en el escrito de 29 páginas dejó formulada la “reserva de recurso ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Urribarri y Aguilera fueron enviados a prisión el 19 de noviembre por el Tribunal de Casación Penal de Paraná porque consideró que había peligro de fuga. Tanto el exgobernador como su cuñado, que ofició de empresario y operador político durante los ocho años de urribarrismo, quedaron libres tras 50 días detenidos en la cárcel de Paraná. La decisión de excarcelarlos la tomó un tribunal del STJ en Feria en fallo dividido. Dato atacó jurídicamente la sentencia delSuperior Tribunal de Feria del 8 de enero que hizo lugar a los recursos de impugnación extraordinaria interpuesta por los defensores técnicos de los imputados Juan Pablo Aguilera y Sergio Daniel Urribarri y, en consecuencia, dispuso el cese de las prisiones preventivas de los encausados. Según Dato, la Corte Suprema ha establecido que no es necesario examinar la forma y momento de la cuestión federal cuando se violan flagrantemente principios constitucionales. En este caso, durante la feria judicial y mientras se tramitaba un recurso extraordinario provincial, el Superior Tribunal de Justicia habilitó de manera excepcional y privilegiada una sentencia que revocaba una prisión preventiva. Esta decisión, tomada por la Sala en Feria, se apartó del procedimiento ordinario y vulneró el principio de igualdad ante la ley de las personas en similar situación procesal. El fiscal coordinador señaló que “la sentencia recurrida que revoca la prisión preventiva es arbitraria en términos de la CSJN al imprimirse un trámite no previsto en las normas procesales, desprovisto de causales efectivas y no fundando en la necesidad de habilitar feria”, y añadió: “Todo ello, además, realizando un apartamiento de los jueces naturales del proceso y violentando de esa manera el debido proceso, con fundamentos aparentes, en franca violación al principio de igualdad ante la ley con respecto a otras personas en similar situación procesal. Violación al principio de igualdad ante la ley, debido proceso, juez natural. Falta de motivación de la sentencia. Habilitación indebida de la feria”. Por último, Dato sostiene que en la resolución del STJ se violan normas: “Ley orgánica de tribunales, Código Procesal Penal de la provincia de Entre Ríos, Constitución Nacional artículos 16 y 18, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción artículo 30 inciso 4 y 5, entre otras cuestiones”. (Fuente: AHORA Entre Ríos)
Ver noticia original