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  • El TFN falló contra el “impuesto a la riqueza”

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 22/01/2025 07:35

    La Sala B del Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) revocó la determinación de oficio practicada por el Fusco sobre un trust irrevocable constituido por el contribuyente antes de que entrara en vigencia el llamado Aporte Solidario y Extraordinario (ASE). Indicó que pese a que Ley 27.605, que fijó el tributo conocido como “impuesto a la riqueza” en de diciembre de 2020, no distingue entre trusts revocables e irrevocables, la inclusión en la base imponible del ASE solo aplica a bienes sobre los cuales el contribuyente conserva algún tipo de control o participación. El impuesto fue impulsado por el por entonces oficialismo (Frente para la Victoria) para mitigar los efectos de la crisis sanitaria. A su turno, el demandante invocó el derecho de propiedad y el principio de capacidad contributiva para que la medida quedara sin efecto. La Sala B del TFN admitió su planteo. Rechazó la existencia de maniobras elusivas y recalcó que el trust en cuestión se constituyó en 2019, antes de la promulgación de la norma, así como también del “período de sospecha” que fija.

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