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  • Flexibilizaron por decreto los controles a la importación de alimentos

    Crespo » Estacion Plus

    Fecha: 20/01/2025 16:50

    Así quedó plasmado en el Decreto 35/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones. A partir de un reciente decreto publicado en el Boletín Oficial, se modificó el Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo de agilizar los controles comerciales de las importaciones y exportaciones. La medida advierte que los productos que cuenten con certificaciones emitidas por una serie de países listados en un apartado del decreto, quedarán eximidos de los controles y exigencias tradicionales. Entre los países beneficiados por la medida se incluyen Australia, Canadá, Confederación Suiza, Unión Europea, Estados Unidos de América, Nueva Zelanda, Israel, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. De esta manera el Gobierno dispuso que la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos y advertencias nutricionales se limitará ahora únicamente a una declaración jurada de importación. Según señalaron desde la cartera de Salud, esta desregulación está dirigida a aquellos productos que provienen de países con estándares sanitarios similares o superiores a los nacionales, reconocidos en tratados de reciprocidad o acuerdos de integración económica. De esta manera la Argentina flexibiliza controles y se fía de aquellos ya realizados en los países de origen de modo de "evitar la duplicación" de instancias de control y así evitar mayores costos y tiempos para los importadores. En el caso de las exportaciones, los productos deberán ajustarse únicamente a los requisitos del país de destino. El exportador podrá solicitar los certificados correspondientes a las autoridades sanitarias argentinas solo si el país receptor lo exige, eliminando la imposición de requisitos adicionales por parte del Estado argentino. Esto busca facilitar las transacciones internacionales y reducir las barreras comerciales. Para los importadores que no estén comprendidos en las excepciones ya mencionadas, los productos deberán someterse a las verificaciones analíticas correspondientes y ajustarse a las normativas completas del Código Alimentario Argentino antes de su comercialización.

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