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Parana » Uno
Fecha: 17/01/2025 01:52
A partir de este jueves, los monotributistas se podrá recategorizar desde el celular a través de la aplicación ARCA móvil. ARCA también detalló en qué casos los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA ) informó a que, desde hoy y hasta el 5 de febrero, se habilita el sistema para que los contribuyentes puedan -en caso de que les corresponda- realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero. Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la Recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente. ARCA extendió el beneficio para micro pymes en el impuesto a débitos y créditos Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil. La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo. El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables. Los nuevos valores se pueden consultar haciendo clic aquí En el caso de haber pasado más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses, se realiza una proyección anual aplicando la "regla de tres simple". A modo de ejemplo, si el inicio de actividad fue de mayo a diciembre de 2024 y se facturó $5.000.000 en total, la cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000/8 meses x 12 = $7.500.000. La nueva actualización de parámetros e importes Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley Nacional 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de julio a diciembre y para la próxima, los índices de enero a junio. En ese marco, ARCA detalló en qué casos los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización: Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual. Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario. ¿Cómo pagar el monotributo? El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de febrero estarán vigentes los nuevos valores a abonar. Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar. El pago de las cuotas puede realizarse desde un Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.
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