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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 16/01/2025 19:00
El fiscal Leandro Dato impugnó la conformación del tribunal de feria que deberá resolver la impugnación extraordinaria presentada por el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, contra la resolución de la Cámara de Casación Penal que confirmó su encarcelamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná, medida que se cumple desde el 22 de noviembre. Dato reprochó la integración del tribunal por parte de los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Miguel Ángel Giorgio y Gisela Nerea Schumacher, más la titular del Juzgado Laboral N° 1 Gladys Beatriz Pinto. En particular, no consiente la incorporación de las juezas Schumacher y Pinto. Luego de haberse notificado de la conformación del tribunal de feria que resolverá la impugnación de Báez, el fiscal Dato interpuso un recurso de revocatoria “a los efetos que se deje sin efecto la misma, por cuanto entiendo que las magistradas designadas se encuentran inhibidas de intervenir; en el caso de Schumacher por cuestiones subjetivas manifestadas por ella misma y en el caso de la doctora Pinto por no haberse seguido el orden establecido en la Ley Orgánica de Tribunales para las subrogaciones y/o reemplazos”. “Con respecto a la dotora Gisela Schumacher entiendo procede la causal por ella misma manifestada de inhibición en razón de haberse expresado de manera concreta en estas actuaciones con respecto a su situación personal que le impide actuar con tranquilidad”, sostuvo Dato, y aludió así a la tramitación de un pedido de juicio político ante el Jurado de Enjuiciamiento, que, sin embargo, fue rechazado y archivado. “Es decir -subrayó el representante del Ministerio Público Fiscal- tal situación no puede ser dejada pasar por alto, implicando graves consecuencias para la tramitación de este proceso, como ser la nulidad del mismo -en particular la nulidad de lo que se propone resolver (el pedido de revocación de la prisión preventiva de Báez)”. Al respecto apuntó que la garantía “del juez imparcial -condición necesaria para reconocer a un proceso como válido- se choca con lo expresado por la doctora Schumacher al momento de excusarse, cuando refiriera en el legajo 5640: ´Si bien quiero expresar, tal como lo hice ante la Comisión de la Cámara de Diputados, el rechazo categórico de conductora irregular de mi parte, motivante de los procedimientos constitucionales promovidos, cierto es que toda esta situación ha generado en mi una grave afectación en mi juicio interno, configurante de lo que se denomina ´violencia moral´ que afecta mi tranquilidad y que no me permite juzgar la causa con la serenidad que exige el proceso´”. Dato recuerda que esa causal “ha sido nuevamente planteada por la magistrada con lo cual entiendo, de aceptar la intervención de la misma provocaría la nulidad de lo actuado por afectar garantías mínimas del debido proceso- en particular la independencia e imparcialidad de los magistrados”: “Claramente no se encuentra en condiciones de actuar, habida cuenta que vuelve a considerar lo manifestado oportunamente con lo cual la ´violencia moral´ expuesta la aleja de poder trabajar y decidir con la tranquilidad, independencia e imparcialidad requeridas”, sostiene. Dato amplía su reproche y afirma que “no se ha cumplido con lo establecido en la Ley Orgánica con respecto a lo establecido para los reemplazos en los casos de jueces y juezas penales”. Y a ese respecto postuló que hay una errónea interpretación al haber integrado el tribunal con la jueza laboral Gladys Pinto y no con la magistrada del fuero penal Paola Firpo. “En este caso -aseveró- de no seguir lo preceptuado por la ley implicaría otra violación al debido proceso, en este caso el de juez natural, en atención que el orden establecido no se estaría cumpliendo, afectando de manera grave a la tramitación de este proceso y con la consecuente nulidad de lo aquí resuelto”. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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