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  • Lotería de Córdoba: implementan el rebranding del producto “Toto Bingo” bajo la denominación “70/30”

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 14/01/2025 23:30

    La norma aprueba el reglamento que se aplicará y cuyo primer sorteo se realizará el día sábado 1 de febrero de 2025. El valor por ticket sugerido es de $1.200, el cual se irá actualizando según lo requiera el mercado. La Lotería destinará una inversión publicitaria de $650 millones para los primeros seis meses de comercialización del mencionado juego, con el fin de instalarlo y presentarlo comunicacionalmente, así como capacitar la red de ventas Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. Resolución N° 283 – Letra: “J” Córdoba, 09 de enero de 2025 Expediente RD Nº: 0449-24006/2024. VISTO que la Subgerencia Dptal. de Comercialización junto con el Dpto. Juegos, Monitoreo y Desarrollo – Div. Juegos Propios y Foráneos, en Nota Conjunta de fecha 16/12/2024, proponen implementar el rebranding del producto Toto Bingo -cuyo último sorteo fue realizado el 31/08/2024- , bajo la denominación “70/30”; Y CONSIDERANDO: QUE tal proyecto prevé en cuanto al destinado a premios, consignar a la nueva modalidad el 40% del total recaudado, mientras que en la actualidad se destina el 42% de la recaudación total a las diferentes zonas de juego del producto; QUE respecto del fondo de reserva, exponen que en el producto en vigencia se destina al fondo de reserva el 7% del 42% destinado a premios, por lo que se plantea para la nueva versión, destinar a dicho fondo el 12% de la recaudación total, ello a efectos de generar un flujo importante a la cuenta con la cual se preverá el pozo garantizado a los 12 aciertos de $ 70.000.000; QUE sobre las zonas de juego, se propone mantener las 2 zonas de juego actuales con los siguientes cambios de parámetros: Zona 1: – Formato 12:24, universo 2.704.156 combinaciones (ídem actual); – Categorías de premios: 12 – 11 – 10 – 09 – 08 – 00 aciertos, a diferencia del actual sumamos premio a los 8 aciertos lo cual redundará en una importante cantidad de ganadores; – Pozo asegurado a los 12 aciertos $ 70.000.000; – El pozo 12 aciertos inicial se conformará de Pozo 12 aciertos vacante Toto Bingo ($ 32.080.201,00) + Fondo Reserva Toto Bingo a la fecha ($ 32.919.547,34) + porcentaje correspondiente a la categoría 12 aciertos del primer sorteo; Zona 2: – Formato 04:54, universo 316.251 combinaciones (ídem actual); – Nombre propuesto para zona “Sale Siempre”, modalidad sortea hasta que sale; – Premio $ 1.000.000; – En caso de no cubrir el monto con el porcentaje destinado a dicha zona se completará con un aporte voluntario del fondo de reserva (en adjunto se informan porcentajes); QUE para el Premio Número de Ticket proponen 2 premios de $ 300.000 cada uno a sortear entre todos los billetes comercializados, asimismo, en caso de no cubrir el monto con el porcentaje destinado a dicha zona, se completará con un aporte voluntario del fondo de reserva; QUE por otro lado, programan destinar el 6,50% del total consignado a premios a la cuenta Premio en Especie a los efectos de prever la inclusión de los mismos en el programa; QUE el valor por ticket que sugieren es de $ 1.200 el cual se irá actualizando según lo requiera el mercado; QUE a los efectos de instalar comunicacionalmente, la versión 70/30 del Toto Bingo, capacitar a nuestra red de ventas y presentar el producto, cuyo primer sorteo se prevé para el sábado 01 de febrero de 2025, se solicita una inversión publicitaria de $650.000.000 para los primeros 6 meses de comercialización; QUE a fs. 03/05 se adjunta el Proyecto de nuevo Reglamento del Juego, bajo la denominación como ya se dijo 70/30, y a fs. 06/08 correspondiente Anexo Reglamentario; QUE tales instrumentos son analizados por el Dpto. Legal en Dictamen Nº 10978/2024 del 27/12/2024 en donde en virtud de las facultades delegadas al Directorio de esta Sociedad mediante Decreto Nº 734/2019 que dispone “Art. 1: DELÉGASE en el Directorio de la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado, la facultad de disponer modificaciones al Capítulo 7 “Del Catálogo de Juegos y los Reglamentos de Juegos” del Anexo Único al Decreto N° 1130/01, reglamentario de las Leyes Nros. 8665 y 8837, como así también para incluir nuevos juegos y sus respectivos reglamentos.” y Decreto Nº 331/2024 publicado el 24/10/2024, por el que también delega “en el Directorio de la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado, el ejercicio de las funciones y atribuciones establecidas en los capítulos 4, 5 y 6 del Anexo Único al Decreto N° 1130/01, reglamentario de la Ley N° 8665 y del Título III, Capítulo 4 de la Ley N° 8837, como asimismo la modificación de las regulaciones vigentes en la materia”, establece que esta Lotería está habilitada legalmente a propiciar la implementación de nuevos juegos, a la vez que luego de una exhaustiva evaluación tanto del Reglamento de 70/30, como de su Anexo, concluyen que desde el punto de vista jurídico formal, no existen reparos que formular sobre los mismos, debiendo con posterioridad a la resolución que disponga su aprobación, ser publicados en el Boletín Oficial; QUE Gerencia General en Nota Nº 673/2024 “H” del 27/12/2024, informa que la denominación propuesta, esto es 70/30, se encuentra registrada como marca bajo la titularidad de Lotería de la Provincia de Córdoba S.E. en las 45 Clases que integran el Nomenclador Internacional, a la vez que tras una reseña de las modificaciones propuestas, gira los presentes actuados para conocimiento, control previo de legalidad y posterior tratamiento del tema en reunión de Directorio, compartiendo esa Instancia la propuesta desarrollada por las Áreas actuantes; QUE la Subgerencia Dptal. Legal y Técnica y de Asesoría Letrada efectúa pertinente control previo de legalidad, en el que comparte todos los términos vertidos en Dictamen Nº 10978/2024, no encontrando objeciones que formular; Por ello; EL DIRECTORIO DE LOTERÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA S.E. RESUELVE: 1. TOMAR CONOCIMIENTO del planteo elaborado por la Subgerencia Dptal. de Comercialización junto con el Dpto. Juegos, Monitoreo y Desarrollo – Div. Juegos Propios y Foráneos, en Nota Conjunta de fecha 16/12/2024, donde proponen implementar el rebranding del producto Toto Bingo bajo la denominación “70/30”; y consecuentemente, APROBAR el Reglamento del Juego “70/30” elaborado por las Áreas precitadas y que obra a fs. 03/05, y su Anexo Reglamentario de fs. 06/08 que pasarán a integrar la presente como Anexo Único, y cuyo primer sorteo se llevará a cabo el día sábado 01 de febrero de 2025. 2. DEJAR SIN EFECTO toda otra disposición dictada con anterioridad que se oponga a la presente. 3. DESTINAR una inversión publicitaria de $650.000.000 (Pesos Seiscientos Cincuenta Millones) para los primeros 6 (seis) meses de comercialización del Juego 70/30, a los efectos de instalar y presentar comunicacionalmente el producto, y capacitar a la red de ventas. 4. LA Subgerencia Dptal. de Comercialización y Marketing EFECTUARÁ las notificaciones que correspondan a las demás Áreas de esta Sociedad del Estado, así como también a la red de Agencias de Juegos y practicará correspondiente publicación del Reglamento en el Boletín Oficial de la Provincia. 5. PROTOCOLÍCESE, notifíquese a Gerencia General y pase a las Subgerencias Dptales. de Comercialización y Marketing, Operaciones y Asuntos Institucionales. Con copia a Sindicatura y a la Subgerencia Dptal. de Auditoría. FDO: DAVID MAURICIO URRETA, PRESIDENTE – NÉSTOR ALEJANDRO GÓMEZ, VICEPRESIDENTE – PABLO ENRIQUE CONRERO, DIRECTOR N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 8 del 13 de enero de 2025.

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