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Parana » Paginajudicial
Fecha: 14/01/2025 04:22
El Superior Tribunal de Justicia le dio la razón al ex magistrado y ordenó la rehabilitación de su matrícula para que pueda ejercer como abogado sin necesidad de renunciar o suspender su jubilación. El antecedente del ex juez que patrocinó a Castrillón en su reclamo. Juan Cruz Varela De la Redacción de Página Judicial El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos volvió a llevar al extremo el reclamo de un juez jubilado que exigía la rehabilitación de su matrícula sin necesidad de renunciar a la jubilación y, otra vez, perdió la contienda en los tribunales. Esta vez, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) habilitó la feria e instó al Colegio de la Abogacía a rehabilitar la matrícula de Emilio Castrillón, como antes lo había hecho con el ex juez Pablo Vírgala, que patrocinó el reclamo del ex vocal del alto cuerpo. Lo hizo en un fallo dividido, con los votos de Germán Carlomagno y Leonardo Portela; mientras que Miguel Ángel Giorgio lo hizo por la negativa, aunque sin analizar el fondo del asunto, ya que consideró que el amparo no era la vía procesal para analizar el asunto. Castrillón pretendía que se le permitiera ejercer como abogado sin renunciar a su jubilación como magistrado. Ello en virtud de que la ley del Colegio de la Abogacía, al mencionar las incompatibilidades, enumera quiénes no podrán ejercer la abogacía o una procuración e incluye al presidente, el vicepresidente, el gobernador y los empleados judiciales, entre otros. Los magistrados también. Y en un inciso prevé que tampoco podrán hacerlo “los magistrados, funcionarios y empleados judiciales provinciales y nacionales jubilados que no suspendan el beneficio previsional al que accedieron”. En primera instancia, la jueza Marcela Davite hizo lugar a la acción de amparo y decretó la inconstitucionalidad de ese aspecto de la ley; al tiempo que declaró la nulidad de la resolución del Colegio de la Abogacía que instaba a Castrillón a suspender su jubilación como requisito indispensable para la rehabilitación de su matrícula. Del mismo modo, el procurador general, Jorge Amílcar Luciano García, se pronunció a favor del reclamo del ex magistrado, quien se jubiló luego de quince años como vocal del STJ y tras haber sido denunciado ante la Comisión de Juicio Político. En su voto, Carlomagno reprodujo los argumentos que había dado ante el planteo de Vírgala y dijo que “la restricción prevista por la norma impugnada resulta violatoria del principio de igualdad, pues prevé una incompatibilidad solo para magistrados, funcionarios y empleados judiciales jubilados, mientras que cualquier otro abogado jubilado por el régimen previsional provincial (…) está en legales condiciones de ejercer su profesión sin resignar sus haberes jubilatorios, de lo cual deviene incontrastable lo discriminatorio de la norma examinada”. Más aún, el vocal resaltó que en el proyecto promovido oportunamente por el Colegio de la Abogacía ni en el debate parlamentario surgía cuál había sido motivación ni la finalidad esencial para establecer la restricción a los magistrados jubilados. “El argumento expuesto por el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos en defensa de la incompatibilidad prevista por la norma, esgrimiendo que la mayoría de los regímenes laborales especiales o estatutarios así lo prevén, resulta manifiestamente inatendible”, agregó Carlomagno. Asimismo, agregó que tampoco se advertía en la ley que la condición impuesta a los magistrados a renunciar o suspender su jubilación “se trate de una restricción indispensable para ‘asegurar la vida del Estado, el derecho de terceros, la moral y el orden público’” y, por lo tanto, la resolución que le negaba la rehabilitación de la matrícula a Castrillón “debe ser anulada por ser una arbitraria limitación al ejercicio de la profesión de la abogacía del actor”. El vocal Portela, por su parte, adhirió sin más a los fundamentos de Carlomagno. En tanto, Giorgio, como lo había hecho ante la presentación efectuada por Vírgala, sostuvo que el amparo no era la vía procesal adecuada, dado que no había razones de urgencia y, además, el planteo exigía declarar la inconstitucionalidad de ley. Castrillón acudió a los tribunales patrocinado, precisamente, por el ex juez Pablo Vírgala, luego de que el Colegio de la Abogacía le negara en dos ocasiones la rehabilitación de su matrícula si antes no suspendía el cobro del beneficio previsional como ex magistrado. Es de esperar que el Colegio de la Abogacía lleve el caso de Castrillón ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como hizo en su momento con el propio Vírgala. En el camino, cosechó la adhesión de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA). Castrillon-CAER by Página Judicial
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