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» Compactonea
Fecha: 10/01/2025 13:01
Con el objetivo de fomentar la competencia, el Gobierno nacional continúa facilitando los envÃos por courier. Hoy la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó el peso permitido para comprar en el exterior y eliminó un trámite considerado innecesario. A partir de ahora, tanto personas fÃsicas como jurÃdicas podrán importar mercaderÃa con un peso máximo de 50 kilos por paquete, independientemente del total de envÃo. Fuentes oficiales señalaron que se tomó esta decisión ya que la Resolución General 5608/2024 habÃa dejado margen para interpretaciones equivocadas. Previamente se computaban 50 kilos como peso total del envÃo y como peso total de los envÃos en un año. Ahora esta norma lo precisa. Con la nueva disposición, se podrán traer, por ejemplo, 3 paquetes de 50 kilos en un mismo envÃo. Es decir, el tope de 50kg se mantiene pero por paquete, no por envÃo. De la misma manera, el cupo de cinco envÃos por año por persona puede ser de 50 kilos por paquete las cinco veces. Y no ser un lÃmite acumulable en el año. Actualmente, se pueden ingresar a través del sistema de courier productos como ropa, calzado, juguetes, celulares, computadoras, perfumes, artÃculos de cuidado personal, libros, insumos y repuestos, entre otras categorÃas. Por otra parte, ya no será obligatorio para quien ingrese al paÃs mercaderÃa por este régimen tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Si ya se tramitó, no constituye un problema. Es importante mencionar que hay que registrar en ARCA que se recibió el envÃo por Correo Argentino. "Es la forma que tiene el Correo de registrar que estás ocupando un cupo. El resto de los couriers se encarga de informar a ARCA por su cuenta que el envÃo llegó para verificar el cumplimiento de la cuota. Correo Argentino necesita que el usuario lo registre por ellos", explicaron desde el organismo. Por otro lado, tanto para importación como para exportación, los envÃos no podrán exceder el valor de USD 3.000. Además, cabe recordar que ARCA eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercaderÃas hasta un valor FOB (Free On Board o el valor que tienen los productos al salir del puerto de origen) de USD 400, con un tope máximo de 5 envÃos por año y por persona. "Hay lÃmite solo para los denominados ‘pequeños envÃos’ ya sea porque gozan de la franquicia de aranceles (derechos de importación y tasa estadÃstica) hasta un valor de USD 400, o porque tienen eximida la intervención de terceros organismos. El lÃmite es de hasta 3 unidades de la misma especie, y hasta 5 envÃos al año por persona", precisó ARCA. En estos casos, se paga únicamente el IVA pero se aplicarán dichos otros impuestos por el excedente de ese monto. Los envÃos efectuados mediante esta modalidad, sin fines comerciales, están exentos de cumplir con ciertos requisitos que habitualmente se aplican a las importaciones. EspecÃficamente, se encuentran exceptuados de: - La intervención previa del Instituto Nacional de Alimentos. - Las regulaciones de la SubsecretarÃa de Defensa del Consumidor, particularmente la Dirección de Lealtad Comercial. - La tramitación de Licencias de Importación automáticas y no automáticas. - El cumplimiento del Régimen de Identificación de MercaderÃas (estampillas fiscales). - Las restricciones y prohibiciones de carácter económico.
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