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  • El exgobernador kirchnerista de Entre Ríos, Sergio Urribarri, recuperó su libertad

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 09/01/2025 01:45

    En plena feria judicial se conoció el fallo de 41 páginas emitido por los integrantes del Tribunal, Leonardo Portela y Germán Carlomagno, en el cual se considera que no está acreditado el riesgo de fuga, por lo que se dispuso la libertad del exgobernador. Miguel Giorgio, por su parte, votó por el cumplimiento efectivo de la prisión preventiva en la cárcel. "Se dispone hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, REVOCAR la resolución de fecha 05/09/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paraná, y en consecuencia, disponer la prisión preventiva efectiva de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza", se indicó en el fallo. Desde el Tribunal Superior explicaron que "la prisión preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por ende reviste de carácter excepcional", motivo por el que revocaron la decisión que se había tomado por pedido de los fiscales entrerrianos Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull. Por su parte, la defensa del exfuncionario kirchnerista había objetado la prisión preventiva, argumentando que no se expusieron motivos concretos que fundamenten la medida y la calificaron como "excesiva", considerando también que el fallo no está firme hasta que lo trate la Corte Suprema. "La resolución que dispuso la detención del ex gobernador es descalificable con base en la doctrina de la arbitrariedad, toda vez que omitió el tratamiento de las cuestiones esenciales oportunamente planteadas, traduciéndose ello en la falta de fundamentación adecuada con la consiguiente afectación de los derechos de defensa en juicio y del debido proceso legal", explicó la defensa. La condena contra el exgobernador de Entre Ríos Urribarri se encuentra condenado a ocho años de prisión por delitos contra la administración pública, aunque la Corte podría demorar años en tratar su expediente y el mismo sería resuelto cuando este ya supere los 70 años de edad, por lo que sería condenado a prisión domiciliaria. Uno de los jueces indicó que "la posibilidad de una fuga evadiendo los controles fronterizos, además de resultar una absoluta mera conjetura, puede enervarse con distintas y simples medidas asegurativas" y el Tribunal agregó: "No existe peligro de entorpecimiento en la investigación, ya que la etapa de investigación está clausurada". Por el contrario, Giorgio apoyó la confirmación de la sentencia de Casación que metió al exgobernador a la cárcel y manifestó que el posible plazo en el que la Corte trate el caso no se trataba de un fundamento válido para revocar la domiciliaria.

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