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  • JUSTICIA PARA POCOS: Urribarri y Aguilera, en libertad; el voto en disidencia de Giorgio – Diario Análisis Litoral

    Parana » Analisis Litoral

    Fecha: 09/01/2025 00:22

    El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a la impugnación extraordinaria que habían presentados los abogados defensores del exgobernador Sergio Urribarri -Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa- y de su cuñado Juan Pablo Aguilera -Marcos Rodríguez Allende y Miguel Cullen- y de ese modo revocó la resolución de la Cámara de Casación Penal, que el 19 de noviembre de 2024 dispuso el encarcelamiento de ambos en la Unidad Penal de Paraná con prisión preventiva. La resolución fue en voto dividido. Por revocar el pronunciamiento de Casación votaron Germán Carlomagno y Leonardo Portela. En disidencia, Miguel Giorgio. «No obstante, previo a emitir mi voto en condiciones inusualmente anómalas, conminado por la `urgencia` y sorpresiva celeridad con la que se ha decidido imprimir el trámite de una impugnación extraordinaria en esta primera semana de feria judicial de enero de 2025, quiero dejar plasmadas algunas cuestiones en frontal desacuerdo. En primer lugar, no comparto como antecedente la habilitación de feria bajo el pretexto genérico de afectación de la libertad ambulatoria, cuando la presente causa se encontraba a despacho, dentro del plazo legal para resolver y bajo la órbita de los jueces naturales que han sido sustraídos para que un Tribunal ad-hoc, de excepción y efímero resuelva y, sobre todo, teniendo en cuenta que actualmente en esta Sala Nº1 en lo Penal del STJ , de la cual soy Vocal titular, tiene en trámite 24 impugnaciones extraordinarias con ciudadanos privados de la libertad, la mayoría afectados en su libertad ambulatoria con anterioridad a la situación de los Sres. Urribarri y Aguilera», planteó Giorgio. «Además, una vez habilitada -indebidamente- la feria judicial, se denegó in limine la revocatoria planteada por el Ministerio Público Fiscal como parte del proceso agraviada por esa decisión. No puede perderse de vista que al correrse vista a la fiscalía para que opine, se bilateralizó el incidente de habilitación de feria, es decir, se constituyó a la fiscalía en parte y luego, contradictoriamente, se le veda impugnar. A su vez, puede colegirse sin hesitación que se instrumentaron plazos corridos, que no corresponden para la impugnación extraordinaria; dictándose providencias para impulsar el proceso en días y horas inhábiles (a guisa de ejemplo, el día domingo 5 de enero de 2025 o lunes 6 de enero de 2025 a las 22:50 hs), convirtiendo este recurso excepcional en una suerte de Habeas corpus solapado y con una lógica procedimental nunca vista en causas similares», agregó. El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Nochebuena y Navidad encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre. El encarcelamiento -una medida preventiva que se dispuso hasta que el fallo recaído en 2022 en el marco del megajuicio, 8 años para Urribarri, 6 años y 6 meses para Aguilera, adquiera firmeza, esto es que haya pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia- fue a partir de un planteo que había hecho en abril de 2024 el Ministerio Público Fiscal. El argumento para enviarlos a la cárcel fue el riesgo de fuga. La impugnación extraordinaria presentada en 2024 debía ser resuelta por la Sala Penal del STJ. Pero los tres vocales que integran ese tribunal no completaron la votación: sólo emitieron dictamen los jueces Germán Carlomagno y Miguel Giorgio, pero quedó pendiente para después de la feria, en febrero, el dictamen de la jueza Gisela Schumacher. Ante esa situación, las defensas de Urribarri y de Aguilera urgieron un pronunciamiento durante la feria. Y para eso hicieron una presentación el 2 de enero que fue acogida favorablemente por el titular del STJ, Leonardo Portela, que emitió resolución el domingo 5. La votación se fijó en el siguiente orden: Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Leonardo Portela. Pero cuando debió votar, Giorgio pidió su excusación con el argumento de que ya había emitido pronunciamiento. Su posición fue rechazada por un tribunal que integraron Carlomagno, Portela y el juez de Garantías Pablo Zoff. Resuelto ese entuerto, el tribunal quedó conformado para emitir dictamen. A prisión El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Navidad y Año Nuevo encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre. Los tres aguardaban una resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra sendos fallos de Casación. Fueron con una impugnación extraordinaria que la Sala Penal decidió tramitar por escrito -por problemas de agenda para realizar audiencia oral- y que deberá aguarda los tiempos corrientes de Tribunales. El titular de la Sala Penal, Miguel Ángel Giorgio, rechazó planteos de los defensores para habilitar días y horarios y así acelerar los tiempos de resolución. «Además -planteó Giorgio en respuesta al pedido de Báez- cabe advertir a los letrados defensores que ante esta Sala Nº1 en lo Penal del S.T.J., obran otras causas de impugnaciones extraordinarias con personas privadas de la libertad aguardando resolución (…) a quienes se les ha dispensado estrictamente el trámite de ley; por lo que, excepcionar en este caso los plazos previstos, implicaría la constitución de un privilegio indebido». “No dudo que, como ha sucedido con otros dirigentes y ciudadanos en casos tan o más importantes, en este caso van a corregir esta situación tan injusta y dolorosa”, planteó Urribarri en una carta que difundió su hijo, el exministro de Gobierno, Mauro Urribarri, el último 24 de diciembre Las condenas El fallo condenatorio se conoció el 7 de abril de 2022 cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón emitió un fallo histórico de condena a un exgobernador de Entre Ríos. De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada, cuñado de Aguilera, y Maximiliano Sena, socio de éste. Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel. A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión. A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel. A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua. Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo.

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