Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • El STJ abre la feria SOLO para tratar el pedido de Urribarri y de Aguilera

    Parana » Analisis Litoral

    Fecha: 06/01/2025 23:41

    Facebook Twitter WhatsApp LinkedIn Copy Copied Messenger 0 Shares El Superior Tribunal de Justicia con su integración en feria judicial dispuso abrir la feria para tratar la petición del exgobernador Sergio Urribarri y de su cuñado Juan Pablo Aguilera para que se trate durante enero su impugnación extraordinaria contra la resolución de la Cámara de Casación Penal, que el 19 de noviembre de 2024 los envió a la Unidad Penal, con prisión preventiva hasta que la condena recaída sobre ambos en el megajuicio adquiera firmeza. Urribarri está condenado a 8 años de cárcel, y Aguilera, a 6 años y 6 meses. Pero ese fallo no está firme: está recurrido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Atento a encontrarse en juego la libertad ambulatoria de los imputados, lo que podría ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior (…), habilítase por la presente la feria judicial a fin de tratar los recursos”, dice la resolución que firmó Portela este domingo 5. Además, se dispuso que la votación se hará en el siguiente orden: Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Leonardo Portela. Urribarri había pedido que se habilite la feria judicial de enero para tratar su solicitud de levantamiento de la medida cautelar que le impuso el último 19 de noviembre la Cámara de Casación Penal, que hizo lugar a un planteo del Ministerio Público Fiscal y ordenó su encarcelamiento en la Unidad Penal de Paraná, con prisión preventiva hasta que la condena a 8 años de prisión que le impuso la Justicia en el marco del megajuicio quede firme. A través de sus defensores, Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa el exgobernador pretende apurar una definición en torno a la impugnación extraordinaria que presentó respecto de la decisión de Casación y que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) todavía no resuelve. Deben votaron los vocales Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Gisela Schumacher. Aunque durante la feria de enero es incierto cómo quedará compuesto el tribunal que deberá resolver el nuevo planteo de Urribarri. En el escrito dejaron sentado que «esta defensa técnica ha verificado que la demora en despachar el presente asunto pendiente, le ocasiona a nuestro asistido un grave perjuicio de imposible reparación ulterior que atenta contra los derechos más básicos de nuestro asistido como ser el derecho a la libertad ambulatoria, a la garantías de igualdad ante la ley; al derecho a ser oído por un tribunal imparcial en un plazo razonable; y de obtener una decisión fundada de los órganos judiciales que son garantías que establece nuestro sistema Constitucional y Convencional que de ser puestos en crisis por los jueces inferiores habilitan también la competencia de la CSJN para que restablezca las garantías vulneradas, volviendo a convertir en ciudadano a quien fue despojado de ellas». Así, subrayan, que «habiéndose declarado un agravio a las bases institucionales del Estado de Derecho, a la Constitución y a las normas internacionales, y atento a las normas y antecedentes jurisprudenciales precitados, es que debe considerarse incluido en tales previsiones, el presente pedido de HABILITACIÓN DE FERIA, la que entendemos debe habilitarse sin más, considerando que hemos dado contundentes, objetivos y claros fundamentos para así concretarlo, evitando toda demora en su tratamiento y evitando generar aún más perjuicios de imposible reparación ulterior». El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Nochebuena y Año Nuevo encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre. Los tres aguardan una resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra sendos fallos de Casación. Fueron con una impugnación extraordinaria que la Sala Penal decidió tramitar por escrito -por problemas de agenda para realizar audiencia oral- y que deberá aguarda los tiempos corrientes de Tribunales. El titular de la Sala Penal, Miguel Ángel Giorgio, rechazó planteos de los defensores para habilitar días y horarios y así acelerar los tiempos de resolución. «Además -planteó Giorgio en respuesta al pedido de Báez- cabe advertir a los letrados defensores que ante esta Sala Nº1 en lo Penal del S.T.J., obran otras causas de impugnaciones extraordinarias con personas privadas de la libertad aguardando resolución (…) a quienes se les ha dispensado estrictamente el trámite de ley; por lo que, excepcionar en este caso los plazos previstos, implicaría la constitución de un privilegio indebido». Respecto del planteo de Urribarri y de Aguilera el Ministerio Público Fiscal ya adelantó su posición contraria Ambos resultaron condenados en 2022 en el megajuicio: Urribarri, a 8 años; Aguilera, a 6 años y 6 meses. Ese pronunciamiento judicial, sin embargo, no está firme. Está en trámite un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que el encarcelamiento es preventivo y hasta que el fallo condenatorio adquiera firmeza. Ante esa decisión de Casación los defensores de Urribarri, Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa interpusieron una impugnación extraordinaria, que debe resolver la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). En principio, el titular de la Sala, Miguel Giorgio, rehusó habilitar días y horas y resolver en forma expeditiva el planteo. Igual suerte corrió la impugnación de los representantes legales de Aguilera, Marcos Rodríguez Allende y Miguel Cullen. Mientras se aguarda la resolución de la Sala Penal, los defensores de Urribarri y Aguilera pidieron que se abra la feria y se resuelva de modo urgente ese planteo. El Tribunal que debe resolver está conformado en feria por Leonardo Portela, Germán Carlomagno y Miguel Giorgio; el tribunal de origen que debe resolver la impugnación extraordinaria está integrado por Giorgio, Carlomagno y Gisela Schumacher. Portela le dio intervención al Ministerio Público Fiscal y contestó al pedido de habilitar la feria el fiscal Leandro Dato. En su dictamen, Dato entendió que las peticiones de Urribarri y de Aguilera «no pueden prosperar, basándose en normativa y antecedentes que no resultan aplicables en nada a este caso». Al respecto, sostiene: «Así las defensas, plantean en principio reiterados argumentos sobre la excepcionalidad de la prisión preventiva, la admisión del recurso extraordinario, cuestiones que ya han sido contestadas por esta parte en el trámite que corresponde, esto es, al momento de dictaminar ante los integrantes de la Sala Penal –Tribunal integrado a ese efecto- que en nada agregan ni aportan a algún hecho novedoso que permitiera tener en cuenta en este caso». Niega el miembro de Fiscalía «que la feria debería habilitarse por el ser el STJ de Feria el órgano revisor de Casación. Esta interpretación en realidad sólo busca intentar excluir o apartar al tribunal constituido originaria y naturalmente de la decisión que tiene que adoptar en el marco del trámite del recurso de impugnación extraordinaria que se encuentra tramitando y cuya resolución deberá darse luego de terminada la Feria de enero. Para ser claros, pretender sacar a los jueces intervinientes que se encuentran abocados a resolver el recurso de impugnación extraordinario contraría los principios del debido proceso». Dato recuerda que la petición de las defensas ya fue contestada por el presidente de la Sala Penal, Miguel Giorgio. «También reconoce la defensa la excepcionalidad del planteo y lo que resolviera la Sala Penal, en particular el voto del doctor Miguel Giorgio, con respecto a la suspensión de los plazos para la tramitación del recurso extraordinario provincial en el que se discute el dictado de la prisión preventiva. Le asiste razón al magistrado cuando sostiene que acceder a la petición de las defensas, implicaría realizar y tratar excepcionalmente a la situación particular de Urribarri y Aguilera, en tanto afectaría el tratamiento irrogado a los demás justiciables quebrantando el principio de igualdad». «Esta lectura y decisión que tuviera el Dr. Miguel A. Giorgio, que vale resaltar fue consentida por las partes que hoy vuelven a solicitar actuar en la excepción- de manera privilegiada diría yo -, es la correcta y no puede ser admitida», sentenció el fiscal Dato. Y expresamente pidió que sean rechazados los planteos de Urribarri y de Aguilera.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por