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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 06/01/2025 18:20
Uno de los tres vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que deben resolver en feria el recurso del exgobernador Sergio Urribarri y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, encarcelados ambos con prisión preventiva desde el 19 de noviembre en la Unidad Penal de Paraná, Miguel Ángel Giorgio, pidió su excusación. A esa situación se agrega una petición del fiscal Leandro Dato pidió revocar lo resuelto por el titular del STJ al habilitar la feria, «El primer motivo de oposición a lo resuelto tiene que ver con la falta de fundamentación con respecto a la habilitación de feria ante el planteo defensista», argumentó Dato. «El segundo motivo -agregó- resulta más inquietante porque se decide sortear el orden de la votación y aquí nos encontramos con la absurda y novedosa situación que dos de los vocales que integran este Tribunal de Feria son los mismos que ya se encuentran actuando y emitiendo su voto en el trámite ordinario recursivo. Es decir, es un proceso irregular porque dos de los magistrados que se encuentran actuando en Feria y han sido sorteados para resolver los planteos de las defensas de Urribarri y Aguilera, son quienes integran la Sala Penal- jueces naturales – y que han emitido su voto. No pueden ahora, volver a votar o remitirse a su voto, ésto claramente manifiesta la irregularidad del trámite y por ello la consecuente nulidad de la resolución que se emita». A ese planteo del Ministerio Público Fiscal se sumó el vocal Miguel Giorgio, que hizo notar de la improcedencia del sorteo para votar en feria cuando dos de los tres vocales que conforman la Sala Penal del STJ, y que deben resolver la impugnación extraordinaria de Urribarri y de Aguilera, ya votaron, y sólo resta hacerlo la tercera vocal, Gisela Schumacher. «Notificado del nuevo sorteo practicado en estas actuaciones para resolver, tras la habilitación de feria dispuesta desde Presidencia del S.T.J.; debo señalar que en los presentes obrados ya he emitido opinión al sufragar mi voto digitalmente en fecha 29 de diciembre a las 19:55 hs en ocasión de encontrarse la causa a despacho en tiempo y forma para resolver, conforme surge acreditado mediante constancia actuarial de fecha 30 de diciembre de 2024», planteó Giorgio al dejar sentada su inhibiión. «A su vez, es dable advertir que este voto ya pronunciado no es secreto, habida cuenta que circuló y entró en conocimiento de la Sra. Secretaría que lo recepcionó y del colega que integraba el segundo lugar en el orden de votación y que, efectivamente, también había pronunciado su voto». El magistrado agregó: «Y, finalmente, cabe agregar, sendos votos firmados digitalmente fueron puestos en conocimiento de la colega que debía fallar en tercer lugar. De tal manera queda patente que ya he adelantado opinión formada y con carácter jurisdiccional en estas actuaciones, lo cual me coloca inequívocamente en la situación contemplada en el art. 38, inciso a) del C.P.P.E.R». Así, concluyó: «Intereso, por tanto, mi apartamiento del conocimiento y decisión de la causa, lo cual dejo así planteado, a sus efectos». El Superior Tribunal de Justicia con su integración en feria judicial dispuso abrir la feria para tratar la petición del exgobernador Sergio Urribarri y de su cuñado Juan Pablo Aguilera para que se trate durante enero su impugnación extraordinaria contra la resolución de la Cámara de Casación Penal, que el 19 de noviembre de 2024 los envió a la Unidad Penal, con prisión preventiva hasta que la condena recaída sobre ambos en el megajuicio adquiera firmeza. Urribarri está condenado a 8 años de cárcel, y Aguilera, a 6 años y 6 meses. Pero ese fallo no está firme: está recurrido ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Atento a encontrarse en juego la libertad ambulatoria de los imputados, lo que podría ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior (…), habilítase por la presente la feria judicial a fin de tratar los recursos”, dice la resolución que firmó Portela este domingo 5. Urribarri pidió que se habilite la feria judicial de enero para tratar su pedido de levantamiento de la medida cautelar que le impuso el último 19 de noviembre la Cámara de Casación Penal, que hizo lugar a un planteo del Ministerio Público Fiscal y ordenó su encarcelamiento en la Unidad Penal de Paraná, con prisión preventiva hasta que la condena a 8 años de prisión que le impuso la Justicia en el marco del megajuicio quede firme. A través de sus defensores, Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa el exgobernador pretende apurar una definición en torno a la impugnación extraordinaria que presentó respecto de la decisión de Casación y que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) todavía no resuelve. Deben votaron los vocales Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Gisela Schumacher. Aunque durante la feria de enero es incierto cómo quedará compuesto el tribunal que deberá resolver el nuevo planteo de Urribarri. En el escrito dejaron sentado que «esta defensa técnica ha verificado que la demora en despachar el presente asunto pendiente, le ocasiona a nuestro asistido un grave perjuicio de imposible reparación ulterior que atenta contra los derechos más básicos de nuestro asistido como ser el derecho a la libertad ambulatoria, a la garantías de igualdad ante la ley; al derecho a ser oído por un tribunal imparcial en un plazo razonable; y de obtener una decisión fundada de los órganos judiciales que son garantías que establece nuestro sistema Constitucional y Convencional que de ser puestos en crisis por los jueces inferiores habilitan también la competencia de la CSJN para que restablezca las garantías vulneradas, volviendo a convertir en ciudadano a quien fue despojado de ellas». Así, subrayan, que «habiéndose declarado un agravio a las bases institucionales del Estado de Derecho, a la Constitución y a las normas internacionales, y atento a las normas y antecedentes jurisprudenciales precitados, es que debe considerarse incluido en tales previsiones, el presente pedido de HABILITACIÓN DE FERIA, la que entendemos debe habilitarse sin más, considerando que hemos dado contundentes, objetivos y claros fundamentos para así concretarlo, evitando toda demora en su tratamiento y evitando generar aún más perjuicios de imposible reparación ulterior». El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Nochebuena y Navidad encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre. Los tres aguardan una resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra sendos fallos de Casación. Fueron con una impugnación extraordinaria que la Sala Penal decidió tramitar por escrito -por problemas de agenda para realizar audiencia oral- y que deberá aguarda los tiempos corrientes de Tribunales. El titular de la Sala Penal, Miguel Ángel Giorgio, rechazó planteos de los defensores para habilitar días y horarios y así acelerar los tiempos de resolución. «Además -planteó Giorgio en respuesta al pedido de Báez- cabe advertir a los letrados defensores que ante esta Sala Nº1 en lo Penal del S.T.J., obran otras causas de impugnaciones extraordinarias con personas privadas de la libertad aguardando resolución (…) a quienes se les ha dispensado estrictamente el trámite de ley; por lo que, excepcionar en este caso los plazos previstos, implicaría la constitución de un privilegio indebido». El plazo que tiene la Sala Penal es de veinte días hábiles, y no se descarta que la resolución pueda conocerse al cabo de la feria judicial de enero. Aunque todo puede ocurrir con este caso. “No dudo que, como ha sucedido con otros dirigentes y ciudadanos en casos tan o más importantes, en este caso van a corregir esta situación tan injusta y dolorosa”, planteó Urribarri en una carta que difundió su hijo, el exministro de Gobierno, Mauro Urribarri, este martes 24. Claro que el ingreso al equipo de defensor de Urribarri, encabezado por Fernando Burlando, fue con durísimas críticas al Poder Judicial y en particular contra dos vocales de la Sala Penal que debe resolver su situación: Miguel Giorgio y Gisela Schumacher. En abril, cuando todavía no se había resuelto el recurso de queja del exgobernador, la defensa del exmandatario enrostró a ambos magistrados la maniobra de supuestamente haber «filtrado» sus votos antes de que se conociera la sentencia. El tercer vocal que debe resolver la impugnación extraordinaria de Urribarri, Aguilera y Báez es Germán Carlomagno. Las condenas El fallo condenatorio se conoció el 7 de abril de 2022 cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón emitió un fallo histórico de condena a un exgobernador de Entre Ríos. De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada, cuñado de Aguilera, y Maximiliano Sena, socio de éste. Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel. A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión. A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel. A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua. Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo. A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicioanl. A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil. A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional. A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo. A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió. A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional. A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya fallecido Hugo Céspedes. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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