Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Destacan necesidad de fundar claramente decisiones judiciales que tratan derechos alimentarios

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 06/01/2025 05:34

    La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B, integrada por los jueces Abel Guillermo Sánchez Torres y Liliana Navarro resolvió un recurso de queja interpuesto por C. A. S. contra la ANSES. El caso gira en torno al reclamo de reajustes previsionales por parte del accionante, quien presentó una planilla de redeterminación de su haber previsional. En un proveído de fecha 11 de marzo de 2021, el Juez Federal N.º 1 de Córdoba solicitó al actor reformular dicha planilla, incluyendo los recibos de haberes percibidos. Más tarde, en un nuevo proveído del 26 de abril de 2021, el magistrado rechazó los recursos de apelación en subsidio presentados por el actor, argumentando que la solicitud excedía lo dispuesto en la sentencia de fondo y no había sido planteada en la instancia administrativa. Ante esta denegatoria, C. A. S. interpuso un recurso de queja ante la Cámara Federal de Apelaciones. El recurso de reposición, presentado por el actor contra el proveído del 26 de abril de 2021, también fue denegado junto con la apelación subsidiaria, lo que motivó el recurso de queja. Este recurso se basó en el argumento de que la denegatoria causaba un daño irreparable al actor al no considerar la certificación de servicios debidamente acreditada, derivando en un haber previsional considerablemente menor al correspondiente. Tras analizar los antecedentes del caso, los fundamentos de las partes y la legislación aplicable, la cámara resolvió hacer lugar al recurso de queja y admitir el recurso de apelación en subsidio interpuesto por el actor. Esta decisión se fundamenta en varios puntos clave. En primer lugar, la alzada señaló que el recurso de queja era procedente, ya que el juez de grado denegó erróneamente el recurso de apelación subsidiario sin realizar un análisis adecuado de la cuestión. La falta de fundamentación clara y precisa en la decisión de denegar el recurso constituyó un agravio para el actor, al restringir su derecho a la defensa. El fallo enfatizó que el recurso de queja, en este contexto, no implica la apertura de una doble instancia, sino la habilitación de una revisión por el órgano jerárquico superior, conforme lo dispone el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Naturaleza

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por