Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Fiscalía rechazó la habilitación de la feria para Urribarri y Aguilera – Entre Ríos Ahora

    Concordia » Entre Rios Ahora

    Fecha: 04/01/2025 22:13

    El Ministerio Público Fiscal postuló el rechazo al planteo hecho por las defensas del exgobernador Sergio Urribarri y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, ambos encarcelados en la Unidad Penal de Paraná desde el 19 de noviembre último en virtud de un fallo de la Cámara de Casación Penal, que hizo lugar a la solicitud del Ministerio Público Fiscal para que se le aplique a ambos prisión preventiva para evitar el riesgo de fuga. Ambos resultaron condenados en 2022 en el megajuicio: Urribarri, a 8 años; Aguilera, a 6 años y 6 meses. Ese pronunciamiento judicial, sin embargo, no está firme. Está en trámite un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que el encarcelamiento es preventivo y hasta que el fallo condenatorio adquiera firmeza. Ante esa decisión de Casación los defensores de Urribarri, Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa interpusieron una impugnación extraordinaria, que debe resolver la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). En principio, el titular de la Sala, Miguel Giorgio, rehusó habilitar días y horas y resolver en forma expeditiva el planteo. Igual suerte corrió la impugnación de los representantes legales de Aguilera, Marcos Rodríguez Allende y Miguel Cullen. Mientras se aguarda la resolución de la Sala Penal, los defensores de Urribarri y Aguilera pidieron que se abra la feria y se resuelva de modo urgente ese planteo. El Tribunal que debe resolver está conformado en feria por Leonardo Portela, Germán Carlomagno y Miguel Giorgio; el tribunal de origen que debe resolver la impugnación extraordinaria está integrado por Giorgio, Carlomagno y Gisela Schumacher. Portela le dio intervención al Ministerio Público Fiscal y contestó al pedido de habilitar la feria el fiscal Leandro Dato. En su dictamen, Dato entendió que las peticiones de Urribarri y de Aguilera «no pueden prosperar, basándose en normativa y antecedentes que no resultan aplicables en nada a este caso». Al respecto, sostiene: «Así las defensas, plantean en principio reiterados argumentos sobre la excepcionalidad de la prisión preventiva, la admisión del recurso extraordinario, cuestiones que ya han sido contestadas por esta parte en el trámite que corresponde, esto es, al momento de dictaminar ante los integrantes de la Sala Penal –Tribunal integrado a ese efecto- que en nada agregan ni aportan a algún hecho novedoso que permitiera tener en cuenta en este caso». Niega el miembro de Fiscalía «que la feria debería habilitarse por el ser el STJ de Feria el órgano revisor de Casación. Esta interpretación en realidad sólo busca intentar excluir o apartar al tribunal constituido originaria y naturalmente de la decisión que tiene que adoptar en el marco del trámite del recurso de impugnación extraordinaria que se encuentra tramitando y cuya resolución deberá darse luego de terminada la Feria de enero. Para ser claros, pretender sacar a los jueces intervinientes que se encuentran abocados a resolver el recurso de impugnación extraordinario contraría los principios del debido proceso». Dato recuerda que la petición de las defensas ya fue contestada por el presidente de la Sala Penal, Miguel Giorgio. «También reconoce la defensa la excepcionalidad del planteo y lo que resolviera la Sala Penal, en particular el voto del doctor Miguel Giorgio, con respecto a la suspensión de los plazos para la tramitación del recurso extraordinario provincial en el que se discute el dictado de la prisión preventiva. Le asiste razón al magistrado cuando sostiene que acceder a la petición de las defensas, implicaría realizar y tratar excepcionalmente a la situación particular de Urribarri y Aguilera, en tanto afectaría el tratamiento irrogado a los demás justiciables quebrantando el principio de igualdad». «Esta lectura y decisión que tuviera el Dr. Miguel A. Giorgio, que vale resaltar fue consentida por las partes que hoy vuelven a solicitar actuar en la excepción- de manera privilegiada diría yo -, es la correcta y no puede ser admitida», sentenció el fiscal Dato. Y expresamente pidió que sean rechazados los planteos de Urribarri y de Aguilera. De la Redacción de Entre Ríos Ahora

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por