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Concordia » Hora Digital
Fecha: 04/01/2025 12:11
La percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales ya está disponible para su solicitud a través de la web del organismo correspondiente. Sin embargo, cabe destacar que no todos los contribuyentes tienen acceso a este trámite de devolución. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes conocida como AFIP, ha habilitado la devolución del 30% en percepciones que se aplicaron a las compras y gastos en dólares realizados en 2024. Este beneficio aplica a ciertos contribuyentes que cumplan con requisitos específicos y requiere completar un trámite en línea. A partir de ahora, aquellos que no estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni tengan la obligación de hacerlo podrán solicitar el reintegro de las percepciones por el dólar turista. Del mismo modo, podrán hacerlo aquellos alcanzados por el Impuesto a las Ganancias pero no por Bienes Personales, siempre que las percepciones hayan sido realizadas bajo el código 219. Además, también podrán pedir el reintegro quienes no estén registrados en el Impuesto sobre los Bienes Personales o no estén obligados a inscribirse en él. Los contribuyentes inscriptos en Bienes Personales pero no en Ganancias podrán solicitar la devolución de percepciones realizadas bajo el código 217. Asimismo, los trabajadores en relación de dependencia que no estén sujetos a retenciones del Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador podrán solicitar el reintegro, al igual que aquellos que, a pesar de estar sujetos a retenciones, hayan recibido percepciones bajo el código 219. Para llevar a cabo el trámite, será necesario contar con una CUIT y clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior, tener activa la inscripción digital y declarar un CBU de la cuenta bancaria donde se desea recibir la devolución. Es imprescindible contar con un Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Es fundamental mencionar que aunque el impuesto PAIS para operaciones en moneda extranjera ya no está en vigor, se mantiene este régimen de percepciones a cuenta para compras de billetes y divisas, pagos de servicios internacionales mediante tarjetas de crédito, débito u otros medios equivalentes, así como para contratación de servicios turísticos y adquisición de pasajes internacionales. Para realizar el trámite, se debe acceder al sistema de AFIP con una clave fiscal de nivel 2 o superior y utilizar el servicio "Devolución de percepciones". Allí se podrán visualizar y seleccionar las percepciones correspondientes al período mensual informadas por el agente de percepción. En caso de que alguna no esté registrada, se podrá incorporar manualmente. El proceso inicia con la visita a la página web de ARCA mediante la clave fiscal, seleccionando el servicio "Devolución de percepciones". Si no está habilitado, se puede añadir desde la opción "Mis servicios". Posteriormente, se debe elegir la opción "Nuevo" e indicar el período fiscal para la devolución. Finalmente, una vez revisados todos los datos, se deberá hacer clic en "Presentar" para completar el trámite y se podrá seguir el estado del mismo a través del servicio "Devolución de percepciones". Es importante destacar que la ARCA ha comenzado a reembolsar las percepciones retenidas por operaciones en moneda extranjera correspondientes a períodos fiscales hasta 2023 inclusive. Este proceso, que incluye a unos 300.000 contribuyentes, inició en octubre y se llevará a cabo de manera gradual durante seis meses, cubriendo tanto el monto principal como los intereses generados desde la fecha de percepción original hasta la devolución a los contribuyentes.
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