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  • ARCA actualizó los montos mínimos para controlar trasferencias en billeteras virtuales

    Parana » APF

    Fecha: 02/01/2025 18:30

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afectará a los consumidores. La actualización semestral se basa en el Índice de Precios al Consumidor. Determina 600.000 pesos para consumos totales con tarjetas de débito y billeteras virtuales y un millón para acreditaciones bancarias mensuales. jueves 02 de enero de 2025 | 17:53hs. Foto: Sanluis24 La ex AFIP definió los nuevos valores a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afectará de forma directa a los consumidores. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores. Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec). Así, desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones en caso de que superen los siguientes importes: 600.000 pesos: Para el total de consumos con tarjetas de débito del país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales. 1.000.000 pesos: Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes. Total de depósitos a plazo constituidos en el mes. Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio. Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes. Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes. 2.000.000 pesos: Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto. La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas. (APFDigital)

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