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Parana » APF
Fecha: 27/12/2024 11:30
La Justicia entrerriana confirmó que el Fondo Provincial de Incentivo Docente y la Conectividad no son remunerativos En un reciente fallo del 20 de diciembre de 2024, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos desestimó la apelación presentada por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) en relación con el Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y el Complemento Provincial de Conectividad (CPC). La jueza de primera instancia, Dra. María del Pilar Teresita Villa, determinó que estos conceptos no son considerados remunerativos ni bonificables. viernes 27 de diciembre de 2024 | 11:22hs. El tribunal subrayó que el decreto 2754/24 y la resolución 2904/24 del Consejo General de Educación (CGE) no especifican el carácter remunerativo de estos conceptos, enfatizando que es el CGE quien tiene la facultad para su liquidación. Además, se destacó que no existía urgencia que justificara la vía del amparo solicitada por Agmer. Esta decisión judicial refuerza la postura del gobierno provincial y establece de manera clara que el Fopid, diseñado para reemplazar el Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid), no es reintegrable y no puede ser incorporado a las paritarias. La Justicia ratifica la legalidad de los descuentos por días de paro docente Este fallo reafirma la posición del gobierno provincial de que los aportes como el Fopid y el CPC no forman parte del salario remunerativo, lo que tiene un impacto significativo en la estructura salarial de los docentes. Cabe destacar que días atrás la Justicia ratificó la legalidad de los descuentos por días de paro docente. (APFDigital)
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