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» Comercio y Justicia
Fecha: 26/12/2024 02:04
Lo hizo en el marco de la revisión de diversos registros y regímenes de información implementados que pudieran obstaculizar la agilización de los procesos y la facilitación del comercio Resolución General 5619/24-ARCA Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2024 VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-01715813- -AFIP-DIREPA#DGADUA y CONSIDERANDO: Que la Resolución General N° 2.570 y sus modificatorias, aprobó el “Sistema Registral” y dispuso la creación de los “Registros Especiales Aduaneros”, integrados por los operadores de comercio exterior. Que la Resolución General N° 2.665 y su modificatoria, estableció el sistema de “Operadores Logísticos Seguros” (“sistema OLS”), a efectos de dotar de mayor seguridad a la totalidad de la cadena logística de comercio exterior. Que, posteriormente, la Resolución General N° 5.451 estableció mecanismos de seguridad para el monitoreo en tiempo real y trazabilidad de las operaciones de tránsito terrestre. Que este Organismo se encuentra abocado a la revisión de diversos registros y regímenes de información implementados que pudieran obstaculizar la agilización de los procesos y la facilitación del comercio, llevando a cabo la simplificación normativa, así como la eliminación de aquellas normas cuya aplicación ya no cumplan la finalidad prevista con su dictado. Que atento a la experiencia recogida, se realizaron escasas operaciones al amparo del sistema OLS, poniendo en evidencia que el mecanismo logístico que oportunamente se estableció no ha logrado brindar la facilitación deseada a los procesos de transporte de las cargas, con la consiguiente disminución de costos operativos; por lo que resulta oportuna la abrogación de la Resolución General N° 2.665 y su modificatoria. Que, en consecuencia, corresponde modificar el Anexo “Manual del Usuario del Sistema Registral” de la Resolución General N° 2.570 y sus modificatorias. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero, Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Aduanas. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024. Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución General N° 2.665 y su modificatoria. ARTÍCULO 2°.- Modificar el Anexo “Manual del Usuario del Sistema Registral” de la Resolución General Nº 2.570 y sus modificatorias, en la forma que se detalla seguidamente: – Derogar en el Título “Registros Especiales”, 10. Requisitos Particulares, el cuadro correspondiente al “Operador Logístico Seguro (OLS)”. ARTÍCULO 3°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese. Juan Alberto Pazo N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.574 del 24 de diciembre de 2024.
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