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  • Establecieron el cronograma para las elecciones legislativas 2025

    » Data Chaco

    Fecha: 23/12/2024 20:41

    El Tribunal Electoral del Chaco (TEC) estableció el cronograma de cara a las elecciones generales legislativas que se celebrarán en la provincia el 11 de mayo de 2025. Fue a través del acta 08/24 del 20 de diciembre, con las firmas de la presidente del TEC, Emilia María Valle, las juezas Cristina Pisarello, Antonia Cuadra, y el procurador fiscal, Víctor Recio. Las fechas serán las siguientes: El cierre de novedades electores nacionales fue el 12 de noviembre del 2024 (Artículo 25 Ley 834Q, Artículo 163 Ley 834Q). La convocatoria a elecciones se concretó el 18 de diciembre del 2024 (Artículo 48, 49, 144 y 158/160 Ley 834Q, Artículo 141 inc.6, 133 y 206 inciso I de Constitución Provincial). La exhibición y publicación de listas provisionales de electores nacionales será el 11 de febrero del 2025 (Artículo 22 Ley 834Q). El fin del plazo por reclamo de electores e impugnaciones será el 3 de marzo del 2025 (Artículo 23 Ley 834Q, Artículo 24 Ley 834Q). La apertura de registros voluntarios para autoridades de mesa se concretará el 11 de marzo del 2025 (Artículo 2 Ley 1717Q). La presentación de alianzas será el 11 de marzo del 2025 (Artículo 12 Ley 599Q). El fin del plazo para el registro de candidatos y oficialización de listas se realizará el 22 de marzo del 2025 (Artículo 55 Ley 834Q). La ubicación de mesas se oficializará el 11 de abril del 2025 (Artículo 76 Ley 834Q). La impresión del padrón definitivo de electores nacionales saldrá el 11 de abril del 2025 (Artículo 25 Ley 834Q) . . El cierre del registro de voluntarios para autoridades de mesa se hará el 11 de abril del 2025, (Artículo 3 Ley 1717Q). La presentación de boletas se hará el 11 de abril del 2025 (Artículo 58 Ley 834Q). El último plazo para subsanar errores y omisiones del padrón definitivo será el 21 de abril del 2025 (Artículo 29 Ley 834Q). La designación de autoridades de mesa será el 21 de abril del 2025 (Artículo 74 Ley 834Q) . . El primer debate electoral se concretará el 23 de abril del 2025 (Artículo 5 Ley 2113Q). La publicidad de ubicación de mesas y sus autoridades se concretará el 26 de abril del 2025, (Artículo 79 Ley 834Q). El segundo debate electoral se hará efectivo el 30 de abril del 2025 (Artículo 5 Ley 2113Q). La prohibición de publicidad de los actos de gobierno comenzará el 4 de mayo del 2025, (Artículo 64 Ley 834Q). La prohibición de los actos públicos de proselitismo será el 9 de mayo del 2025 (Artículo 71 Ley 834Q). La prohibición de publicación o difusión de encuestas será a partir del 9 de mayo del 2025, (Artículo 71 inciso H Ley 834Q). La celebración de los comicios será el 11 de mayo del 2025 (Artículo 110 Ley 834Q). El inicio del escrutinio definitivo será el 13 de mayo del 2025 (Artículo 110 Ley 834Q). Notas Relacionadas

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