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  • “De ninguna manera ha sido proscripto el doctor Gildo Insfrán”, aseguró la fiscal de Estado

    » Agenfor

    Fecha: 21/12/2024 05:20

    Continúan las repercusiones locales sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la carta magna provincial, referente a la posibilidad de reelecciones para los mandatos de gobernador y vicegobernador de la provincia. Al respecto, y en diálogo con la Agencia de Noticias Formosa (AGENFOR), la fiscal de Estado de la provincia de Formosa, Stella Maris Zabala, calificó este fallo como “absolutamente unitario” y un ataque al federalismo y a la Constitución Provincial que fue votada y elegida por el pueblo formoseño. Explicó que el fallo declara la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución Provincial porque entiende que no se ajusta al artículo 5° de la Constitución Nacional y agrega que la CSJN pide adecuar este fallo, pero que “no nos podemos meter en cómo lo van a hacer”. Aclaró que será la Convención Constituyente de la provincia quien dirá cómo se hará esa reforma y sus alcances “porque de lo contrario ellos dicen sería atacar el federalismo”. La funcionaria trajo a colación que la reforma de la Carta Magna provincial está en marcha, porque “la provincia de Formosa ya había sacado la ley que determinaba la necesidad de la reforma constitucional”. Zabala desmintió además lo que consideró una serie de malas interpretaciones que se publicaron respecto de este fallo acerca de una supuesta invalidez del mandato del gobernador Insfrán. “En ningún momento la Corte dice eso. Es increíble”, dijo al desestimar tales consideraciones. “El único que entra a hablar es (Carlos) Rosenkrantz en su voto, con tanta torpeza que él dice que no debieron haberlo dejado ir a elecciones el tribunal electoral, cuando en el momento de las elecciones ese artículo era absolutamente válido como lo ha sido hasta el momento que se declara la inconstitucionalidad. Entonces, mal podría el Tribunal Electoral no haberlo dejado presentar elecciones”, subrayó. Señaló que el cortesano “dice que de cualquier manera debe terminar el mandato”, por lo que sobre este punto pidió que un exjuez y actual diputado nacional lea el fallo. “Lean por favor claramente lo que ha dicho el fallo, la mayoría ni se ocupó, porque sería un disparate, porque las Constituciones Provinciales son absolutamente válidas y deben ser respetadas mientras estén vigentes y sus efectos si se declaran inconstitucionales no pueden ser considerados retroactivamente”, argumentó. En este mismo sentido puntualizó que el mandato del gobernador Insfrán es “absolutamente válido” y aclaró que la CSJN sólo ha declarado la inconstitucionalidad del artículo. Enfatizó Zabala que la “forma de modificar esta inconstitucionalidad alegada por la Corte es mediante la reunión de la Convención Constituyente que está señalada” y dejó en claro que “de ninguna manera ha sido proscrito el doctor Gildo Insfrán”. Señaló también que en sus votos, los miembros de la Corte “dicen claramente que la reelección no está mal, que lo que está mal para ellos es que no tenga un plazo, un término”. Consultada al respecto, Zabala adelantó que el Gobierno provincial acatará el fallo de la Corte aún “cuando no se entiende que es el fallo que correspondía y que es un ataque al federalismo”. “No tenemos un precedente de que nosotros no hayamos cumplido un fallo que nos haya la Corte determinado”, enfatizó la fiscal de Estado. En este punto, recordó que la provincia siempre respetó y acató los fallos de la Corte “y lo seguiremos haciendo aun cuando no lo compartamos, porque es el máximo tribunal del país y estamos en un sistema democrático. Por supuesto que es lo que corresponde. Lo que no implica, de manera alguna, que puntualicemos o que marquemos nuestra discrepancia en un ámbito jurídico, pero sobre la base de la verdad de lo que dicen los fallos”. Mandato válido “El doctor Insfrán no está proscripto en ningún momento, ni se ha dicho nada de eso, y mal podría decirse, porque la Constitución que rigió y que rige hasta el momento este artículo, hasta la declaración de inconstitucionalidad, es por la cual el Tribunal Electoral oficializó su candidatura. Cualquier otro planteo estaba en la Corte y la Corte no lo había resuelto, así que hasta que la Corte no se pronuncia, no existe en el mundo”, afirmó.

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