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» Comercio y Justicia
Fecha: 04/12/2024 16:45
La Justicia Nacional de Trabajo falló a favor de la medida cautelar que interpuso la Asociación Argentina de Aero navegantes, y suspendió los decretos del Poder Ejecutivo que habían declarado a la actividad aeronáutica como servicio esencial. De esta manera, la sentencia pone a resguardo el derecho a huelga y reunión tanto a la entidad sindical como a los tripulantes de cabina. “El fallo judicial a favor de nuestra presentación es muy importante para nuestra organización, porque entendíamos que el gobierno pretendía limitar nuestro legítimo derecho a huelga”, señaló el secretario general de Aero navegantes, Juan Pablo Brey. Desde el gremio celebraron la sentencia y destacaron que el Poder Ejecutivo Nacional venía demostrando “conductas lesivas a la Constitución Nacional y al marco protectorio del trabajo”. El 16 de septiembre de 2024, en el marco de un conflicto salarial, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial los Decretos 825/24 y 831/24 que declararon como actividad esencial a la aeronáutica. “Nosotros siempre apostamos al diálogo y al entendimiento, esperemos que las autoridades pertinentes estén a la misma altura”, concluyó Brey.
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