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Parana » Agendaabierta
Fecha: 29/11/2024 21:42
El Gobierno oficializó la entrega de un bono extraordinario para jubilados y pensionados, con el objetivo de compensar los efectos negativos que tuvo en el poder adquisitivo de sus haberes. Lo hizo a través del Decreto 1050/2024 publicado este viernes en el Boletín Oficial. El documento oficial culpa a una ley «pasada» (la N° 27.609), que establecía una fórmula para actualizar los haberes jubilatorios, y la cual «no resultó efectiva para proteger a los jubilados de la inflación». Agrega que, esto llevó a que muchos perdieran poder adquisitivo, «especialmente aquellos con ingresos más bajos». Como consecuencia, «se tuvieron que otorgar bonos adicionales de manera periódica para mitigar esta situación», plantea. Este bono, con un monto máximo de $70.000, se otorgará a los beneficiarios de prestaciones contributivas a cargo de la ANSES, establecidas bajo la Ley N° 24.241, regímenes nacionales previos, regímenes especiales derogados y sistemas transferidos a la Nación. También incluirá a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y pensiones graciables. El bono solo será pagado a beneficios vigentes al momento de la liquidación y no podrá ser objeto de descuentos ni será computable para otros conceptos. En caso de pensiones compartidas, se considerará como un único titular para el derecho al bono. La ANSES tendrá la responsabilidad de implementar, supervisar y regular esta medida. Además, la Jefatura de Gabinete ajustará el presupuesto necesario para cumplir con este decreto, que entrará en vigencia desde el día de su dictado. ¿Quiénes son los beneficiarios? -Jubilados y pensionados de la ANSES. -Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor. -Perceptores de pensiones no contributivas. ¿Cuáles son las condiciones para recibir el bono? -Haber vigente: El beneficio debe estar activo al momento de la liquidación del bono. -Cálculo del monto: El monto del bono varía según el ingreso total del beneficiario. -No es remunerativo: El bono no forma parte del haber jubilatorio y no puede ser descontado ni utilizado para otros cálculos. Fuente: Ámbito Financiero
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